content_copy Noticias - Plantilla Indra

2021-04-16 CCOO rechaza la propuesta de la Empresa en la mesa de Igualdad Minsait Payment Systems

CCOO rechaza la propuesta de la Empresa en la mesa de Igualdad

2021-04-08 CONVENIO TIC: PERMISOS RETRIBUIDOS EN DÍAS LABORALES

Permisos retribuidos en el convenio TIC

2020-11-19 INDRA

CCOO, UGT, USO y ASIT suscriben el Acuerdo alcanzado

En el día de hoy se ha celebrado la séptima y última reunión de la mesa de negociación del Expediente de Regulación de Empleo que la empresa ha presentado en Indra Soluciones TI.

CCOO ha decidido suscribir el Acuerdo alcanzado con la empresa y que os enviamos como documento adjunto. El acuerdo ha sido suscrito por un 71,71% de la representación legal de las personas trabajadoras.

El Acuerdo se ha alcanzado en los términos trasladados ayer por la tarde.

1. Prejubilaciones a partir de los 57 años.

Indra ha propuesto prejubilar a las personas con 57 años o más y hasta los 63 años, a fecha 31 de enero de 2021. Esta medida afectará a más de 220 personas.

Para las personas con una edad comprendida entre los 57 y los 63 años, la Empresa propone una prestación del 80% del salario fijo bruto, descontando la cantidad de la prestación de desempleo, hasta los 63 años.

Para las personas con 63 años en adelante, la empresa propone una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Indra ha aceptado también a petición de CCOO asegurar el pago de las prejubilaciones entregando su gestión a una Compañía de Seguros.

 

2. Extinciones de contrato con despido improcedente con un tope de mensualidades marcado por este tipo de despido.

A petición de CCOO la Empresa ha aceptado que se indemnice a las personas afectadas con una indemnización equivalente al despido improcedente, con el límite de mensualidades que marca la legislación actual:

· 45 días por año trabajado y 42 mensualidades hasta febrero de 2012;

· 33 días por año trabajado y 24 mensualidades a partir de entonces).

3. ERTE de recualificación.

A petición de CCOO Indra ha aceptado incluir en un ERTE de recualificación a 125 personas, afectadas por los criterios de baja empleabilidad y pertenecientes a Servicios Financieros.

La adscripción a este programa, supondría la suspensión de contrato durante 6 meses, la participación en un programa de formación (que pagaría Indra), para obtener una certificación que mejore su empleabilidad.

La prestación por desempleo se complementaría de la siguiente forma:

· 90% del salario a las personas que cobren menos de 30.000 euros;

· 80% del salario a las personas que tengan un salario de 30.000 a 40.000€;

· 70% del salario a las personas que cobran más de 40.000€.

Estos porcentajes se aplicarían también al pago de las pagas extra.

La obtención de dicha certificación condicionaría la permanencia en la Empresa. Si no se superase, el caso iría a la Comisión de Seguimiento de aplicación del Acuerdo.

La persona que no desease participar en el programa puede solicitar voluntariamente su baja en la empresa, con una indemnización equivalente al despido improcedente.

En caso de no obtenerse la certificación , se aplicaría la extinción de su contrato con una indemnización equivalente a un despido improcedente pasando previamente por la comisión de seguimiento.

4. Reducción Salarial.

A petición de CCOO la Empresa ha aceptado reducir el número de personas afectadas por esta medida a 100 personas (de las 331 inicialmente previstas).

A petición de CCOO esta medida no aplicará a personas con salarios inferiores a 41.000€, ni se harán bajadas por debajo de esta cantidad.

Se aplicará sólo a desviaciones superiores al 25% y se compensará la cantidad bajada con la indemnización correspondiente a un despido improcedente.

La persona afectada podrá decidir si acepta la reducción salarial o solicitar la extinción de su contrato de trabajo. En este caso obtendrá una indemnización equivalente a un despido improcedente o prejubilación según la edad.

Las bajadas de salario variarán entre el 3% y el 30% (únicamente el 30% para salarios superiores a 60.000€ y para un máximo de 10 personas).

 

5. Exclusiones.

Indra ha aceptado la propuesta de CCOO de excluir los colectivos siguientes:

· Mujeres que sufren violencia de género;

· Personas con diversidad funcional superior o igual al 33% (declarada antes de su afectación en el expediente);

· ?Personas que tengan a su cargo hijos o hijas con un grado de diversidad funcional superior o igual al 33%;

· Que únicamente se pueda afectar a una de las personas que formen un matrimonio o pareja de hecho, en los casos en que ambas personas trabajen en la Compañía;

· Personas con niños y niñas a su cargo con las enfermedades recogidas en el BOE que les permiten una reducción de jornada del 99% cobrando el 100% del salario.

La afectación de las personas que tengan reducción de jornada por cuidado del mayor y del menor no podrá superar el porcentaje total de personas con estas reducciones de jornada en la Empresa, más un diferencial de 3 puntos.

Las afectación de las personas con familias numerosas y monoparentales deberá tratarse en la Comisión de Seguimiento de aplicación del Acuerdo.

 

6. Comisión de Seguimiento.

Indra ha aceptado la propuesta de CCOO de crear una comisión de seguimiento para garantizar la correcta aplicación del Acuerdo.

 

7. Mantenimiento del Empleo.

A petición de CCOO la empresa se compromete a no iniciar ningún otro procedimiento de despido colectivo durante el año 2021.

 

8. Programa de recolocación externa.

Las personas afectadas por cualquiera de las medidas extintivas de contrato, podrán incorporarse al Plan de Recolocación Externa concertado y cuya duración será de 9 meses.

 

9. Reducción de las personas afectadas.

A petición de CCOO la empresa ha reducido el número de personas afectadas de la forma siguiente:

 

· 360 extinciones de contrato (despido improcedente).

· 220 prejubilaciones.

· 100 medidas de reducción salarial.

· 125 personas en ERTE de recualificación.

 

Os seguiremos informando.

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es??

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2020-11-18 INDRA

6ª Reunión ERE - Propuesta final de la Empresa

En el día de hoy se ha celebrado la sexta reunión de la mesa de negociación del Expediente de Regulación de Empleo que la empresa ha presentado en Indra Soluciones TI.

En la reunión se han intercambiado numerosas propuestas y se han ido acortando las distancias entre lo que solicita la mayoría sindical y lo que ofrece la empresa.

Después de más de ocho horas de negociación, la empresa nos ha hecho llegar su última propuesta:

1. Prejubilaciones a partir de los 57 años.

Indra ha propuesto prejubilar a las personas con 57 años o más y hasta los 63 años, a fecha 31 de enero de 2021. Esta medida afectaría a más de 220 personas.

Para las personas con una edad comprendida entre los 57 y los 63 años, la Empresa propone una prestación del 80% del salario fijo bruto, descontando la cantidad de la prestación de desempleo, hasta los 63 años.

Para las personas con 63 años en adelante, la empresa propone una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Indra ha aceptado también a petición de CCOO asegurar el pago de las prejubilaciones entregando su gestión a una Compañía de Seguros.

 

2. Extinciones de contrato con despido improcedente con un tope de mensualidades marcado por este tipo de despido.

A petición de CCOO la Empresa ha aceptado que se indemnice a las personas afectadas con una indemnización equivalente al despido improcedente, con el límite de mensualidades que marca la legislación actual:

· 45 días por año trabajado y 42 mensualidades hasta febrero de 2012;

· 33 días por año trabajado y 24 mensualidades a partir de entonces).

3. ERTE de recualificación.

A petición de CCOO Indra ha aceptado incluir en un ERTE de recualificación a 125 personas, afectadas por los criterios de baja empleabilidad y pertenecientes a Servicios Financieros.

La adscripción a este programa, supondría la suspensión de contrato durante 6 meses, la participación en un programa de formación (que pagaría Indra), para obtener una certificación que mejore su empleabilidad.

La prestación por desempleo se complementaría de la siguiente forma:

· 90% del salario a las personas que cobren menos de 30.000 euros;

· 80% del salario a las personas que tengan un salario de 30.000 a 40.000€;

· 70% del salario a las personas que cobran más de 40.000€.

Estos porcentajes se aplicarían también al pago de las pagas extra.

La obtención de dicha certificación condicionaría la permanencia en la Empresa. Si no se superase, el caso iría a la Comisión de Seguimiento de aplicación del Acuerdo y en último caso se aplicaría la extinción de su contrato con una indemnización equivalente a un despido improcedente.

La persona que no desee participar en el programa puede solicitar voluntariamente su baja en la empresa, con una indemnización equivalente al despido improcedente.

4. Reducción Salarial.

A petición de CCOO la Empresa ha aceptado reducir el número de personas afectadas por esta medida a 100 personas (de las 331 inicialmente previstas).

A petición de CCOO esta medida no aplicará a personas con salarios inferiores a 41.000€, ni se harán bajadas por debajo de esta cantidad.

Se aplicará sólo a desviaciones superiores al 25% y se compensará la cantidad bajada con la indemnización correspondiente a un despido improcedente.

La persona afectada podrá decidir si acepta la reducción salarial o solicitar la extinción de su contrato de trabajo. En este caso obtendrá una indemnización equivalente a un despido improcedente.

Las bajadas de salario variarán entre el 3% y el 30% (únicamente el 30% para salarios superiores a 60.000€ y para un máximo de 10 personas).

 

5. Exclusiones.

Indra ha aceptado la propuesta de CCOO de excluir los colectivos siguientes:

· Mujeres que sufren violencia de género;

· Personas con diversidad funcional superior o igual al 33% (declarada antes de su afectación en el expediente);

· Personas que tengan a su cargo personas con un grado de diversidad funcional superior o igual al 33%;

· Que únicamente se pueda afectar a una de las personas que formen un matrimonio o pareja de hecho, en los casos en que ambas personas trabajen en la Compañía;

· Personas con niños y niñas a su cargo con las enfermedades recogidas en el BOE que les permiten una reducción de jornada del 99% cobrando el 100% del salario.

La afectación de las personas que tengan reducción de jornada por cuidado del mayor y del menor no podrá superar el porcentaje total de personas con estas reducciones de jornada en la Empresa, más un diferencial de 3 puntos.

Las afectación de las personas con familias numerosas y monoparentales deberá tratarse en la Comisión de Seguimiento de aplicación del Acuerdo.

 

6. Comisión de Seguimiento.

Indra ha aceptado la propuesta de CCOO de crear una comisión de seguimiento para garantizar la correcta aplicación del Acuerdo.

 

7. Mantenimiento del Empleo.

A petición de CCOO la empresa se compromete a no iniciar ningún otro procedimiento de despido colectivo durante el año 2021.

 

8. Reducción de las personas afectadas.

A petición de CCOO la empresa ha reducido el número de personas afectadas de la forma siguiente:

· 360 extinciones de contrato (despido improcedente).

· 220 prejubilaciones.

· 100 medidas de reducción salarial.

· 125 personas en ERTE de recualificación.

Sin acuerdo se producirán antes del 31 de enero próximo 1.036 despidos con una indemnización de 20 días por año trabajado y con el tope de 12 mensualidades.

CCOO valora positivamente las propuestas realizadas por la empresa y la está analizando en su totalidad.

La última reunión de negociación tendrá lugar mañana 19 de noviembre a las 15:00.

 

Os seguiremos informando.

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es??

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2020-11-16 INDRA

5ª Reunión ERE - Nueva Propuesta de la Empresa

Nueva Propuesta de la Empresa

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En el día de hoy se ha celebrado la quinta reunión de la mesa de negociación del Expediente de Regulación de Empleo que la empresa ha presentado en

Indra Soluciones TI.

Indra ha mejorado su propuesta inicial como os trasladamos a continuación:

 

1. Bajadas de sueldo de hasta el 45% y sin ningún tipo de compensación.

La Compañía ha aceptado excluir de esta media a las personas que tengan un salario inferior o igual a 30.000 euros.

De esta forma la Empresa acepta reducir la cifra de personas afectadas de 330 a 280 (50 personas menos).

Indra insiste en bajar el sueldo unilateralmente sin ningún tipo de compensación.

CCOO ha solicitado excluir de esta medida a las personas que tengan un salario inferior o igual a 41.000 euros. Además CCOO ha solicitado que, una vez aplicada la reducción salarial, nadie pueda quedar con un salario inferior a estos 41.000 euros.

CCOO ha solicitado que la hipotética bajada de sueldo se indemnice con el equivalente a un despido improcedente y como medida alternativa al despido (que la persona decida si acepta la bajada de sueldo o quiere salir de la Compañía).

   CCOO ha solicitado también que en el criterio de afectación, es decir la diferencia de salario medio del rol respecto al mercado, se parta de un   

   25% de diferencia y no del 20% incluido en el mismo.

 

2. Despidos con 30 días de indemnización por año trabajado con un tope de 20 mensualidades.

CCOO ha solicitado que se indemnice a las personas afectadas con una indemnización equivalente al despido improcedente, con el límite de mensualidades que marca la legislación actual.

CCOO ha solicitado que para poder afectar a una persona con la medida de despido, dicha persona cumplan al menos dos criterios de afectación.

 

3. ERTE de recualificación.

La Compañía ha aceptado incluir en un ERTE de recualificación a 68 personas, con una suspensión de contrato de 6 meses, con una adscripción obligatoria a un programa de formación que pagaría Indra, para obtener una certificación que mejore su empleabilidad.

La superación de dicha certificación condicionaría la permanencia en la Empresa.

CCOO ha solicitado que Indra complemente el salario de las personas afectadas al 100% de su salario y que se adelante el salario de estas personas debido a los retrasos que se están produciendo para para las prestaciones por parte del Servicio Público de Empleo (SEPE).

CCOO ha solicitado que se aumente significativamente el número de personas afectadas por esta medida.

 

4. Prejubilaciones a partir de los 57 años.

Indra ha propuesto prejubilar a las personas con 57 años o más, a fecha 31 de diciembre de 2020. Esta medida afectaría a más de 220 personas.

Para las personas con una edad comprendida entre los 57 y los 63 años, la Empresa propone una prestación del 75% del salario fijo bruto, descontando la cantidad de la prestación de desempleo, hasta los 63 años.

Para las personas con 63 años en adelante, la empresa propone una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

CCOO ha propuesto prejubilar a las personas con 57 años o más, con una prestación mínima del 80% del salario fijo bruto, a fecha 31 de enero de 2020 y ha preguntado cuántas personas cumplen 57 años en el mes de enero de 2021. Si Indra no aceptase prejubilar a estas personas, CCOO ha solicitado excluir a estas personas del Expediente.

 

CCOO ha solicitado también pagar la cotización a la seguridad social hasta la edad de los 64 años para las personas afectadas con una edad de 57 y 58 años.

5. Exclusiones.

Indra ha aceptado la propuesta de CCOO de excluir los colectivos siguientes:

· Mujeres que sufren violencia de género;

· Personas con diversidad funcional superior o igual al 33% (declarada antes del 20 de octubre de 2020);

· Personas que tengan a su cargo personas con un grado de diversidad funcional superior o igual al 33%;

· Que únicamente se pueda afectar a una de las personas que formen un matrimonio o pareja de hecho, en los casos en que ambas personas trabajen en la Compañía;

· Personas con niños y niñas a su cargo con las enfermedades recogidas en el BOE que les permiten una reducción de jornada del 99% cobrando el 100% del salario;

 

CCOO ha solicitado que no se pueda afectar a las personas que tengan reducción de jornada por cuidado del mayor y del menor en una proporción superior al porcentaje total de personas con estas reducciones de jornada en la Empresa.

CCOO ha solicitado para las familias numerosas y monoparentales que se trate su posible exclusión en la Comisión de Seguimiento de aplicación de un hipotético acuerdo.

 

    CCOO considera esta propuesta insuficiente y ha transmitido que va a ser imposible llegar a ningún tipo de acuerdo en estos términos.

 

     CCOO ha vuelto a solicitar la inclusión de la voluntariedad como principal medida de afectación. Todas las medidas aplicadas en el Expediente     

     deben ser voluntarias.

 

     CCOO insiste en la importancia de rebajar el número de personas afectadas

 

RETIRADA DEL ERE

CCOO ha vuelto a cerrar su intervención reclamando la retirada del ERE presentado por la empresa. La empresa ha vuelto a transmitirnos que no van a retirar el Expediente de Regulación de Empleo que aplicará con o sin acuerdo.

La siguiente reunión tendrá lugar el miércoles 18 de noviembre.

Os seguiremos informando.

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es??

 

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2020-11-13 INDRA

Trabajo a distancia y teletrabajo. Negativa de la patronal a la negociación de un acuerdo marco.

TRABAJO A DISTANCIA Y TELETRABAJO: NEGATIVA DE LA PATRONAL A LA NEGOCIACIÓN DE UN ACUERDO MARCO

El pasado 11 de noviembre, en la mesa de negociación del 18º Convenio Colectivo Estatal, las patronales AEC y ANIMES han expresado su negativa a un Acuerdo Marco Sectorial sobre Trabajo a distancia y Teletrabajo.

Tras la publicación del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, en el que se regula el Teletrabajo y se delegan aspectos para su negociación en el ámbito de la Negociación Colectiva, las patronales se niegan a negociar.

El Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, en su Disposición transitoria tercera. Trabajo a distancia como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19 se indica:

“… En todo caso, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario.

En su caso, la negociación colectiva establecerá la forma de compensación de los gastos derivados para la persona trabajadora de esta forma de trabajo a distancia, si existieran y no hubieran sido ya compensados.”

CCOO ha presentado a la patronal del sector TIC una propuesta para negociar un Acuerdo Marco Sectorial sobre Trabajo a distancia y Teletrabajo, en cumplimiento de lo recogido en el RDL 28/2020, de 22 de septiembre.

La patronal del sector, con su habitual política jurásica, ha rechazado nuestra propuesta. Toda negociación sobre éste y cualquier otro tema queda supeditada y pospuesta al Convenio Sectorial.

"Trabaja desde casa sí, pero sin costes para mí", nos vienen a decir, pasando por el arco del triunfo la legislación, en su eterna búsqueda de la precarización.

Os iremos informando puntualmente sobre la evolución en la negociación

Si tienes cualquier duda o sugerencia puedes contactar con nosotros escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es??

 

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2020-11-10 Toda la Plantilla INDRA

4ª Reunión ERE - Indra propone Bajadas de Sueldo y Prejubilaciones

En el día de hoy se ha celebrado la cuarta reunión de la mesa de negociación del Expediente de Regulación de Empleo que la empresa ha presentado en Indra Soluciones TI.

CCOO considera la propuesta presentada por Indra INACEPTABLE.

La empresa ha planteado tres medidas:

 

1. Bajadas de sueldo de hasta el 35% y sin ningún tipo de compensación.

Indra ha propuesto una bajada de salario comprendida entre el 15% y el 35% para las 330 personas que tienen un salario superior al 20% del salario de media del rol que tienen en la Empresa. En su propuesta Indra quiere bajar el sueldo unilateralmente sin ningún tipo de compensación.

2. Despidos con 30 días de indemnización por año trabajado con un tope de 18 mensualidades.

3. Prejubilaciones a partir de los 58 años.

Indra ha propuesto prejubilar a las personas con 58 años o más, a fecha 31 de diciembre de 2020.

Para las personas con una edad comprendida entre los 58 y los 62 años, la Empresa propone una prestación del 75% del salario fijo bruto, descontando la cantidad de la prestación de desempleo, hasta los 63 años.

Para las personas con 63 años en adelante, la empresa propone una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

 

CCOO considera esta propuesta completamente insuficiente y ha transmitido que va a ser imposible llegar a ningún tipo de acuerdo en estos términos.

CCOO insiste en la importancia de la inclusión de la Voluntariedad

CCOO ha vuelto a solicitar la inclusión de la voluntariedad como principal medida de afectación. Todas las medidas aplicadas en el Expediente deben ser voluntarias.

 

CCOO insiste en la importancia de rebajar el número de personas afectadas

CCOO considera que Indra debe rebajar el número de personas afectadas. Querer aplicar el Expediente a 1.036 personas es algo completamente injusto, innecesario y desproporcionado.

 

CCOO solicita prejubilaciones voluntarias a partir de los 56 años

CCOO ha solicitado prejubilaciones voluntarias a partir de los 56 años (incluidos), complementando hasta los 63 años el 90% del salario bruto.

CCOO ha solicitado que se utilice la fecha del 31 de enero de 2021 (o fecha de cierre de aplicación del Expediente), para el cálculo de la edad de la persona afectada.

 

CCOO ha solicitado la inclusión de Medidas Alternativas al Despido - ERTE

CCOO solicita la inclusión de medidas alternativas al despido, para todas aquellas personas afectadas debido a su baja empleabilidad, debido a que trabajan con tecnologías obsoletas o a las personas que trabajan en el área de Servicios Financieros.

 

En concreto, CCOO solicita su inclusión en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, durante al menos 9 meses, complementándoles el 100% de salario y dándoles durante este periodo una formación que les permita mejorar su empleabilidad.

CCOO solicita formaciones que permitan la obtención de un certificado en Ciberseguridad, en programación en Java, en Administración de Bases de Datos o en otras materias que garanticen la mejora de la empleabilidad de las personas afectadas para evitar de esta forma su despido.

CCOO solicita también para estas personas que en el caso de que dispongan de beneficios sociales, los mantengan durante el periodo de inclusión en el ERTE.

 

CCOO ha solicitado la inclusión de Exclusiones

CCOO solicita que se excluyan de la aplicación del ERE a las personas que pertenecen a los colectivos siguientes:

  • Mujeres que sufren violencia de género;
  • Personas con diversidad funcional superior o igual al 33%;
  • Personas que tengan a su cargo personas con un grado de diversidad funcional superior o igual al 33%.
  • Personas con reducción de jornada por cuidado del mayor y del menor;
  • Que únicamente se pueda afectar a una de las personas que formen un matrimonio o pareja de hecho, en los casos en que ambas personas trabajen en la Compañía.
  • Familias numerosas;
  • Personas con niños y niñas a su cargo con las enfermedades recogidas en el BOE que les permiten una reducción de jornada del 99% cobrando el 100% del salario.
  • Familias monoparentales.

 

Seguro de Vida – Productos Reflex – Beneficios Sociales

CCOO ha solicitado que se mantengan, para todas las personas afectadas, el seguro de vida, y que se permita decidir a cada persona afectada si quiere continuar o suspender los productos del plan Reflex.

 

Compromiso de Mantenimiento del Empleo

CCOO ha solicitado un compromiso de mantenimiento del empleo, es decir que no se pueda despedir a nadie durante los doce meses posteriores a la finalización del ERE.

 

RETIRADA DEL ERE

CCOO ha vuelto a cerrar su intervención reclamando la retirada del ERE presentado por la empresa. La empresa ha vuelto a transmitirnos que no van a retirar el Expediente de Regulación de Empleo que aplicará con o sin acuerdo.

La siguiente reunión tendrá lugar el lunes 16 de noviembre.

Os seguiremos informando.

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es?

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2020-10-20 Toda la plantilla INDRA

1ª Reunión ERE - 1036 despidos en Indra Soluciones TI

En el día de hoy se ha celebrado la primera reunión de la mesa de negociación del Expediente de Regulación de Empleo que la empresa ha presentado en Indra Soluciones TI.

 

ERE DURÍSIMO Y DESPROPORCIONADO

Indra pretende despedir a 1.036 personas partiendo en la negociación del mínimo marcado por la legislación vigente, 20 días por año trabajado y máximo una anualidad.

 

Estos despidos afectarán potencialmente a todos los centros de trabajo de Indra Soluciones TI.

CCOO rechaza y considera el ERE presentado por la empresa totalmente desproporcionado e injustificado. No hay ni un solo ERE en España en el que se hayan planteado medidas de estas dimensiones.

CAUSAS ALEGADAS POR LA EMPRESA?

La empresa ha alegado causas económicas, productivas y organizativas para justificar este procedimiento de despido colectivo.

 

CRITERIOS DE AFECTACIÓN PARA SER DESPEDIDO

Los criterios de afectación que alega la compañía son los siguientes (copiamos literalmente):

 

  1. Profesionales disponibles (Desasignados) estructurales, entendiendo por tales los profesionales que llevan elevados periodos de tiempo sin asignación a proyectos facturables a clientes o que se encuentran desasignados (o con asignaciones circunstanciales de corta duración) desde antes del mes de marzo de 2020 y, debido a la obsolescencia o falta de demanda de las tecnologías o las capacidades en las que desarrollan su actividad, resulta imposible su reasignación a otros procesos.

 

  1. Profesionales de baja empleabilidad, no incluidos en el supuesto anterior, entendiendo por tales los profesionales de tecnologías obsoletas, con conocimientos y/o capacidades de demanda decreciente, que encuentran dificultades para desempeñar sus tareas en nuevos entornos fuera de esas tecnologías que carecen de demanda actualmente.

 

  1. Profesionales que prestan su trabajo en el ámbito de servicios financieros, afectado por un progresivo descenso de demanda y que desarrollan su actividad en entornos legacy del sector bancario.

 

  1. Profesionales con alta desviación salarial, con una desviación superior al 20% entre su retribución fija, tal y como se repercute en la tasa facturable al cliente, y la media del rol que refleja el valor de mercado de la actividad que desarrollan, de manera que su asignación a proyectos únicamente es posible introduciendo una reducción del margen que provoca pérdida o sensible reducción de la rentabilidad de los mismos. Únicamente se incluyen además los empleados en los que a la desviación salarial se une una antigüedad elevada que hace inviable abordar un proceso de convergencia entre su salario y el valor de mercado a través de la promoción profesional.

 

  1. Profesionales en posiciones de dirección y gerencia para reducir el ámbito de la capa de gestión y los costes de mano de obra indirecta. En este grupo estarán afectados profesionales en función de criterios de idoneidad, capacidades y competencias, valoración del desempeño y adecuación al perfil profesional exigible para el desempeño del puesto.

 

DURACIÓN DEL PERIODO DE CONSULTAS

Tal y como prevé la legislación actual, la duración máxima del periodo de consultas que comienza hoy es de 30 días.

 

SEMANA DEL BIENESTAR

Al acceder a la “indraweb” nos hemos encontrado que es la Semana del Bienestar en Indra. CCOO considera una falta de respeto declarar la Semana del Bienestar en Indra, la semana que la empresa nos transmite que quiere despedir a 1.036 personas. Siendo una iniciativa muy acertada, desde luego que no se está llevando a cabo en el momento adecuado.

La próxima reunión tendrá lugar el miércoles 28 de noviembre a las 11 de la mañana.

Os seguiremos informando.

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

 

       
       
         

 

 

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Teletrabajo UNI Global UNION

UNI GLOBAL: Principios fundamentales para garantizar los derechos en el trabajo a distancia

UNI Global Union, con el apoyo de UNI Finanzas, UNI ICTS y UNI P&M, ha publicado lo que considera son principios fundamen­tales para apoyar a sus afiliadas en la negociación de cuestiones relacionadas con el trabajo a distancia, tanto durante la pandemia de Covid como después de esta.

Real decreto teletrabajo. Dudas y preguntas

Real Decreto-Ley Trabajo a Distancia. Preguntas y dudas frecuentes

Hemos desarrollado una campaña con el objetivo de explicar el principal contenido del Real Decreto-Ley de Trabajo a Distancia, aprobado recientemente por el Gobierno. 

Tren de alta velocidad

El Tribunal Supremo afirma que los permisos retribuidos se conceden para su disfrute en días laborables

La sentencia 257/2020 de la Sala de lo Social del Tribunal Suprema ha resuelto a favor de CCOO Servicios y FeSMC-UGT, sosteniendo que si el hecho causante de un permiso retribuido tiene lugar en un día no laborable, el día en el que se inicia dicho permiso es primer día laborable tras el hecho causante.  


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