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Contact Center: Negociación Convenio Teletrabajo

Hoy hemos vuelto a las reuniones de la negociación del convenio, el tema estrella ha sido el teletrabajo.
En muchos casos llevamos meses en casa cogiendo llamadas con nuestros medios: ordenadores, móviles, sillas, pagando internet, luz, gas, agua, etc. Y sin que la mayoría de las empresas nos hayan dado ni un euro.
Aplicación del Real Decreto sobre Teletrabajo en Contact Center

Tras la publicación del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, en el que se regula el trabajo a distancia, nos hemos dirigido a la patronal del sector de Contact Center solicitando abrir de forma urgente una mesa de negociación para abordar la compensación de los gastos derivados del teletrabajo implantado durante la pandemía, tal como se establce en la disposición transitoria tercera del mencionado RD
Mejora en el convenio colectivo de Contact Center

En el sector de Contact Center hay algunas empresas sin escrúpulos, que, amparadas por la sangrante reforma laboral de 2012, se les permite tener convenios propios de compañía. De este modo pueden pagar mucho menos sueldo a sus teleoperadoras.
Las empresas deben abonar en vacaciones el sueldo de la media de las ampliaciones de contratos en Contact Center

El pasado 22 de mayo del 2020, el Tribunal Supremo en su sentencia num. 394/2020 ha dictaminado la obligación de las empresas de abonar en vacaciones el sueldo en función de la media de los contratos ampliados en los 11 meses anteriores al periodo en que se disfruta de las vacaciones.
CCOO apuesta por la corresponsabilidad en el permiso por nacimiento también en contact center

El 23 de junio se celebra un SIMA interpuesto por CGT en donde se solicita que el permiso por nacimiento del art. 28 del Convenio de Contact Center sea aplicable también a las madres parturientas.
Rectificación sobre la noticia aparecida en la web de la sección sindical de Konecta BTO con fecha 7/11/2016
Atendiendo a las solicitudes de reclamación efectuada por Doña María Isabel Bonilla Helguero y por la Confederación General del Trabajo, Sindicato de Transportes y Comunicaciones.
En relación con la noticia aparecida el pasado 7/11/16 en esta misma sección bajo el titulo Estupendos resultados de CCOO en Konecta Soluciones Globales, la dirección de esta página web rectifica públicamente algunas de las manifestaciones incluidas en dicha publicación. En particular la siguiente rectificación afecta a los siguientes extremos:
1. No existe ninguna certeza o prueba de que Doña María Isabel Bonilla haya recibido ningún sobresueldo, ni haya estado liberada por su sindicato o por la empresa.
2. No existe ninguna certeza o prueba de que el sindicato CGT se apropie indebidamente de beneficios propios de los trabajadores de la empresa o de sus propios afiliados.
Fin de la rectificación
La dirección de esta web quiere manifestar que no comparte ni el fondo, ni la forma, de la publicación editada y en este sentido dicho articulo fue retirado de la citada página con fecha 10 /11/16.