Frente a las presiones: las buenas prácticas bancarias


Banderas de la UE
El cumplimiento estricto de la normativa y la protección del cliente están por encima de cualquier objetivo comercial; no nos cansaremos de repetirlo.

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La normativa MiFID II tiene como principal objetivo la protección de la clientela. Esto implica importantes cambios en la manera en que se comercializan nuestros productos y servicios, y en el desarrollo de las relaciones y negociaciones con nuestros clientes.

Nadie puede pretender que sigamos como si nada hubiera cambiado; un esfuerzo formativo tan grande no se hace para que todo permanezca igual. 

Algunos responsables olvidan que el cumplimiento de la normativa y la protección del cliente son difícilmente compatibles con los objetivos desmedidos y las presiones para contratar a toda costa, ya sean fondos de inversión, seguros, o lo que toque.

Estas personas o bien no han entendido aún cuales son las nuevas reglas del juego, o bien no están cualificadas suficientemente ni para dar las instrucciones adecuadas, ni para dirigir equipos. Y si es así, lo que no se puede tolerar es que además se esté presionando para que se incumpla la normativa MiFID II, el compromiso de buenas prácticas, el código de conducta de Unicaja o cualquier otra normativa.

La responsabilidad es de la empresa siempre y cuando respetemos la normativa, tanto interna como externa. No podemos asumir el riesgo y la responsabilidad de comercializar productos de inversión mediante el uso de malas prácticas bancarias.

Insistimos: NUNCA DEJES DE CUMPLIR LA NORMATIVA. Debemos ser estrictos con su cumplimiento, por encima de las presiones, de los objetivos, y de todo lo demás.

No arriesgues tu puesto de trabajo; si te presionan para incumplir la normativa MiFID II, puedes comunicarlo a la CNMV: Comunicación anónima sobre posibles infracciones.


Los delegados y delegadas de CCOO estamos a tu lado para defender tus derechos.

Comunicado en PDF


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