La Comisión Paritaria del Convenio de Ahorro así lo ha acordado

El permiso de matrimonio comienza el día hábil siguiente


La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Ahorro, en la que CCOO tiene un 43,22% de la representación, ha acordado que los permisos retribuidos por matrimonio o constitución de pareja de hecho, celebrados en día no laborable, comiencen en el primer día hábil siguiente al del día en que tengan lugar.

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La Patronal de Ahorro ha asumido nuestras demandas en relación al permiso por matrimonio o pareja de hecho, de acuerdo con la Sentencia del Tribunal Supremo que obtuvimos el pasado mes de febrero.

Esta interpretación del Convenio implica que cuando el matrimonio tenga lugar en una fecha no hábil para quien lo solicita, por ejemplo un sábado o un domingo, el permiso retribuido comenzará el siguiente día hábil; en este caso, el lunes.

La Patronal de Ahorro ha asumido esta demanda en relación al permiso por matrimonio o pareja de hecho, de acuerdo con la Sentencia favorable del Tribunal Supremo que obtuvimos el pasado mes de febrero.

Desde CCOO seguiremos luchando, tanto por la vía judicial como a través de la comisión interpretativa del Convenio, para que en el Sector se asuma la sentencia en toda su extensión, incluyendo no solo el permiso por matrimonio, sino también el de nacimiento de hijos y el de fallecimiento de familiares

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