Publicación del XX Convenio de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos


portada publicación BOE

Hoy se ha publicado el XX Convenio colectivo del sector de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos, de aplicación a mas de 100.000 personas. Han sido mas de dos años de negociación que al final han quedado plasmados en este texto. Desde este día son de aplicación todos los puntos del convenio y en un plazo máximo de 32 días las empresas deberán abonar los atrasos correspondientes a 2022 y 2023.


Este artículo se publicó originalmente en la página principal de CCOO-SERVICIOS (Federacion de Servicios Sindicato CCOO) , LA RIOJA (Servicios CCOO La Rioja) , Ingenierias (Ingenierías) , CONVENIOS ESTATALES (Territorio del Estado) ,

Los puntos de acuerdo mas significativos son:

  • Retribuciones:
    2022: Incremento salarial en tablas del 3,1%, con efectos retroactivos.
    2023: Incremento salarial en tablas del 3,5% (como resultado de escalado vinculado a IPC real 2022)
    2024: Incremento salarial en tablas en función de escala progresiva vinculada a IPC real 2023, pudiendo alcanzar el 3,5%. Plus Convenio: Actualización 2% en cada año (2022, 2023 y 2024) Kilometraje: Actualización a 0,28€ desde 1/1/2023, un 32% de incremento. Dieta completa: Pasa a 51€/día. Media dieta llegará a 12€ en 2024 de forma gradual.
     
  • Clasificación profesional:
    Eliminación Nivel 9 (pase a nivel 8) y pase de nivel 8 a 7, todo ello a partir del 1/7/2023.
     
  • Contratación:
    Contrato en prácticas: 6 primeros meses al 60%, 6 siguientes al 75%.
    Contrato eventual por circunstancias producción: Duración máxima 9 meses.
    Contrato fijo discontínuo de contrata o subcontrata: A tiempo completo, con periodo máximo de inactividad de 6 meses si el periodo continuado previo de actividad es superior a 6 meses, 3 meses de periodo máximo de inactividad en caso contrario.
     
  • Teletrabajo y Desconexión digital:
    Regulación en el Convenio de ambos capítulos, en desarrollo de la legislación, garantizando una compensación mínima de 1€ por día de Teletrabajo (revalorizable, y mejorable por acuerdo con la RLPT en cada empresa o acuerdo individual).


Además, y mediante acuerdo paritario se incluirá en las tablas salariales la revalorización del Salario Mínimo Interprofesional por el que el nivel mas bajo del convenio percibirá 15.120 euros anuales.

Desde CCOO queremos agradecer el apoyo recibido por parte de la afiliación y de las personas trabajadoras del sector en esta larga negociación.


banner afiliaci�n