Acuerdo para evitar la aplicación del artículo 41 E.T.


Los Sindicatos en representación de los trabajadores hemos hecho un esfuerzo para negociar y  evitar que sea aplicado el artículo 41 del E.T. ... Leer más

Este artículo se publicó originalmente en Caja Espana Duero (Servicios CCOO en Banco CEISS) ,

Los Sindicatos en representación de los trabajadores hemos hecho un esfuerzo para negociar y  evitar que sea aplicado el artículo 41 del E.T. en los términos que proponía la Empresa firmando un acuerdo que os adjuntamos íntegramente.

Con este acuerdo hemos conseguido que la Empresa se comprometa a la no aplicación de medidas de desvinculación (despidos) no voluntarias sin acuerdo laboral durante el periodo de negociación abierto como consecuencia del proceso de integración de Unicaja Banco – Banco Ceiss.

Asimismo, se ha logrado que las medidas pactadas y las reducciones de costes derivadas del acuerdo computen como parte del ahorro global de costes laborales que pueda acordarse en el futuro proceso de integración de Banco Ceiss y Unicaja Banco.

Respecto a la antigüedad, se mantiene el importe actual hasta el 1.1.2016.

Se cobrará en un complemento no revisable y absorbible sólo por futuros incrementos salariales, la diferencia entre el cálculo actual (sobre 18,5 ó 20 pagas) y el nuevo cálculo (12 pagas).

Os recordamos que, de no haber llegar a este acuerdo, se hubiera perdido esta diferencia desde el 1.7.2012.

Sobre el seguro médico, se suscribirá una póliza conjunta para todos los trabajadores en activo y estableciéndose un copago: el banco aportará 300.000 euros y los trabajadores el resto. Se podrán adherir a los cónyuges o parejas de hecho e hijos de empleados.

En este capítulo partíamos de la supresión pura y dura del seguro a partir del 1.7.2012.

Los pluses consolidados en el anexo V del ALF recuperarán su carácter funcional (si lo hubiesen tenido).

Todos los que sigan ejerciendo la función para la que se designó el plus, seguirán cobrándolo. De no ejercerla dejarán de percibirlo.

Debido a la “variada casuística” que se produce, el Banco va a hacer un estudio individual de la naturaleza funcional o personal de los mismos en el momento de su concesión.

Del resultado de estos estudios se informará a una comisión integrada por la empresa y un representante de cada sindicato firmante del acuerdo. Este periodo de información expirará el 31.7.2012.

Desde el 1.7.2012 la totalidad de los empleados estarán exentos del 100% de comisiones o gastos en las operaciones bancarias que realicen. Se dejará de aportar cantidades al Fondo Social.

Se facilitará a los compañeros que así lo soliciten, la novación en los préstamos de empleados, cuando la aplicación de estas medidas incidan sobre el límite de endeudamiento establecido en la normativa interna de Banco Ceiss.

Quedan suprimidas la cesta de navidad y bolsa de vacaciones.

Queda establecido en la cuantía acordada en el Convenio Colectivo las ayudas de guardería y de estudios de hijos de empleados.

Los saldos acreedores en cuentas de empleados que se remuneran a un tipo establecido en pacto o normativa interna, tendrán un tipo de interés máximo legal igual al que trimestralmente publique el Banco de España a los efectos de aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos.