A partir del 1 de septiembre las Mutuas han asumido el control desde el primer día de todas las bajas laborales de los trabajadores y trabajadoras, incluida la enfermedad común, la maternidad o el accidente no laboral.
Cuando las Mutuas, en su función de control y seguimiento de la Incapacidad Temporal, consideren que el beneficiario o beneficiaria podría no tener impedimento para el trabajo, realizarán propuestas motivadas de alta a través de sus médicos, dirigidas al facultativo de la sanidad pública.