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Recordamos cuál es la regulación que marca el Convenio Colectivo.

Regulación de las reuniones por las tardes.



Este artículo se publicó originalmente en Kutxabank (Sección Sindical Kutxabank) ,

Cada año surge la misma polémica en cuanto a la legalidad o no de las reuniones a las que se convoca en horario de tarde. Así que, una vez más, recordamos cuál es la regulación que marca el Convenio Colectivo.

El horario establecido en el Convenio Colectivo es muy claro en lo que respecta a la jornada de tardes. La  mayor parte de la plantilla de la red de oficinas está en la jornada general regulada en el artículo 24. En este artículo se establece la obligación de trabajar una jornada partida de Lunes a Jueves durante los meses de Octubre a Abril. Igualmente, durante los meses de Mayo a Septiembre, no existe jornada partida.

Además de esta regulación del Convenio Colectivo, existe una resolución de la Inspección de Trabajo de Madrid de 14 de Febrero de 2006 ante denuncia de CCOO de la BBK, en la que se dictamina

 “… debiendo dar la empresa cumplimiento a lo previsto en el Convenio Colectivo en materia de jornada y horario de trabajo haciendo constar en las convocatorias para reuniones por las tardes en que los trabajadores no tienen horario de tarde, que las horas trabajadas en dichas reuniones serán compensadas con descando en una de las tardes en que sí está prevista la prestación de sus servicios para la empresa.”

Queda claro por tanto, que las reuniones a las que se convoca por la tarde durante los meses de Octubre a Abril, dan derecho a no trabajar la tarde correspondiente del jueves de la semana en la que se produce la reunión. Lo que quiere decir que si se acude a una reunión (la convoquen de forma voluntaria u obligatoria) un martes por la tarde se pueden compensar esas horas no trabajando las mismas horas el jueves por la tarde.

Desde CCOO vamos a estar vigilantes en cuanto al cumplimiento de la regulación de las reuniones por las tardes y no permitiremos una proliferación de reuniones que no permitar compensar ya que esto va en contra de los avances en conciliación de vida familiar y laboral y meten a la plantilla en una dinámica de prolongación de la jornada laboral.