content_copy Noticias - Convenis Col·lectius
II Convenio colectivo de Bureau Veritas Inversiones, SL.
Resolución de 30 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Bureau Veritas Inversiones, SL.
Convenio Colectivo del Comercio del Metal de Palencia. BoletÃn Oficial
Visto el texto del convenio colectivo de trabajo para el sector de COMERCIO DEL METAL de Palencia y Provincia (Código del Convenio Nº 34000085011981), que fue suscrito por la Comisión Negociadora del citado convenio, el dÃa 17-10-2016, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en la Orden de 12-09-97 de la ConsejerÃa de Industria, Comercio y Turismo, sobre creación del Registro de los Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Convenio Colectivo del Comercio del Mueble provincia de Burgos
Este Convenio Colectivo de trabajo, obliga a todas las empresas, presentes y futuras, cuyos centros de trabajo radiquen en Burgos capital y provincia, aun cuando las empresas tuvieran su domicilio social en otra provincia.
Los preceptos de este Convenio obligan exclusivamente a las empresas cuya actividad exclusiva, principal o predominante, sea la de "Comercio del Mueble" y estén regidas por el acuerdo de sustitución de la Ordenanza de Comercio de 6 de marzo de 1996, con excepción de aquellas que tengan Convenio establecido, cualquiera que sea su ámbito y vigencia.
Convenio Colectivo Comercio para el equipamiento de la provincia de Burgos
Los preceptos de este Convenio serán de aplicación a las empresas cuya actividad exclusiva, principal o predominante, sea la de comercio al por mayor o al por menor de artÃculos para el equipamiento de la persona, entre los que se encuentran la venta de todo tipo de prendas de vestir, calzado, artÃculos deportivos, complementos de vestir, bisuterÃa, etc., con excepción de aquellas que tengan Convenio especÃfico establecido. Se excluye expresamente del ámbito de aplicación del presente Convenio la actividad de joyerÃa.
Las actividades de venta de productos textiles que no sean especÃficos para el equipamiento de la persona se mantendrán dentro del ámbito de aplicación del presente Convenio hasta tanto se establezca un convenio especÃfico de aplicación a las empresas dedicadas al equipamiento del hogar.
Publicado el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la provincia de Málaga 2016-2018
Publicado el Convenio colectivo de Comercio de Juguetes, Deportes, ArmerÃas Deportivas, Cerámica, Vidrio, Iluminación y Regalo
Tras la resolución de 13 de julio de 2016, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector de Comercio de Mayoristas y Minoristas de Juguetes, Deportes, Armerías Deportivas, Cerámica, Vidrio, Iluminación y Regalo (código número 28014085012007) el 27 de agosto de 2016 ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM)
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El Tribunal Supremo nos da la razón en Contact Center
Las empresas no pueden realizar descuentos en las retribuciones de las personas que teletrabajan por incidentes debidos a desconexiones que impidan la prestación, ni obligar a recuperar ese tiempo. Tampoco el tiempo de uso del lavabo para atender necesidades fisiológicas computa como tiempo de descanso.

Contact Center CCOO: Solicitamos la aplicación de los nuevos derechos de conciliación y corresponsabilidad
El RD-L 5/2023, de 28 de junio se publicó ayer e incluye la trasposición de la normativa europea sobre conciliación y corresponsabilidad. Con él se amplían algunos derechos y se generan otros nuevos.

Entra en vigor el III Convenio de Contact Center
El día de hoy ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el texto acordado por la patronal CEX y los sindicatos CCOO y UGT del III Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de Contact Center. Este convenio afecta a unas 110.000 personas que trabajan en el sector en todo el estado.

El Congreso aprueba el proyecto de Ley por la que se Regulan los Servicios de Atención a la Clientela
El texto ha tenido en cuenta las aportaciones de CCOO dirigidas a garantizar los derechos de las personas trabajadoras del sector de Contact Center. Esperamos que dichas aportaciones se sigan manteniendo tras su aprobación definitiva en el Senado.

CCOO firma el Convenio colectivo sectorial estatal de Contact Center
Hoy 14 de marzo CCOO, UGT y la patronal CEX han firmado en la sede del SIMA el III Convenio colectivo sectorial estatal de Contact Center, que tendrá vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hasta el 31 de diciembre de 2026.

Contact Center: Libranzas en festivo (Sentencia ganada por CCOO)
- Siempre que tengamos libranza no fija y la empresa nos la haga coincidir con un festivo ya no lo vamos a perder, nos tienen que dar otro festivo o bien pagarnos esas horas que estamos trabajando de más.

Contact Center: Todas indefinidas
Compañeras, el pasado 29 de diciembre el Tribunal Supremo dictaminó una sentencia muy interesante y que va a cambiar por completo el panorama laboral en este país. Se juzgaba si una persona trabajadora podía estar años con un contrato de obra y servicio vinculado a un contrato mercantil entre su empresa y el Cliente al que se da servicio.

Cerrado sin acuerdo el SIMA sobre la retribución de ampliación de jornadas en vacaciones en Contact Center
Debido a que en las empresas del sector existe una práctica muy extendida de ampliar las jornadas de forma contiinua durante todo el año y en el momento del disfrute de las vacaciones se modifica la jornada para pagar menos salario, se interpuso un SIMA para intentar alcanzar una solución negociada.

Contact Center: La hora extra festiva deberá abonarse con un 75% de incremento
El pasado 26 de noviembre del 2018, la Audiencia Nacional dictaba sentencia en la que declaraba nulo el párrafo tercero del Anexo II del II Convenio Colectivo de ámbito estatal del sector de Contact Center, debiéndose abonar los festivos que no se compensen con un día libre con un incremento del 75% sobre el valor de la hora tipo ordinaria conforme al art. 47 del RD 2001/1983.
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