Sobre la reclamación de cantidades
Ante las noticias alarmistas que está trasladando algún sindicato sobre la urgencia de presentar "antes del jueves" las reclamaciones de cantidades por la "anulación del ERTE 247/13", so pena de perder la posibilidad de efectuar la reclamación, sólo podemos decir y pedir que dejen de marear e inquietar al personal con tanta mentira.
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¿Y ahora?
La sentencia del Tribunal Supremo respecto al primer ERTE (2º semestre de 2013) ya ha sido publicada y por lo que vemos, la empresa debe estar contenta pues la ha situado en el mejor de sus escenarios posibles y más aun sabiendo cómo actúan. Ya veremos si en la otra sentencia, en lo relativo a los planes de pensiones, tienen tanta suerte y pueden, como de costumbre, "ganar tiempo".
Lamentablemente y aunque de tanto insistir con que volvíamos al principio de los tiempos y con que "el mes próximo nos tienen que pagar..." nadie quería oír lo contrario, el que la sentencia nos lleva a la medidas unilaterales impuestas por la empresa, es algo que hemos estado diciendo desde hace mucho tiempo (ver comunicado 25-11-2013) y es que parece lógico pensar que si algo se anula, te sitúas un segundo antes de su existencia y no dos meses antes. Aunque claro, es más bonito vender lo contrario, aunque sea mentira.
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Sentencia sobre primer ERTE
Bastante antes de lo previsto el Tribunal Supremo ha notificado el fallo (según ha comunicado e interpretado la empresa) sobre el acuerdo de junio de 2013, ratificando la sentencia de la Audiencia nacional que anulaba tal acuerdo y retornando a las medidas unilaterales previas a tal acuerdo.
En este sentido la empresa nos ha manifestado tiene intención de reliquidar todo el segundo semestre como si el Acuerdo de junio no hubiera existido y por tanto hubiéramos estado todo ese tiempo con las medidas unilaterales.
Las sentencias del Tribunal Supremo
Tras más de año y medio oyendo machaconamente cada día un "este mes sale la sentencia y nos tienen que ingresar...", por fin el próximo día 16 se reúne el Tribunal Supremo para debatir y fallar sobre los recursos presentados contra las sentencias de la Audiencia Nacional relativas tanto al primer ERTE como al segundo.








