Regulación Convenio Especial de la Seguridad Social

BOE 18 de Octubre 2003. ORDEN TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social.


ORDEN TAS/2865/2003, de 13 de octubre

Regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social


LEY ORGANICA 11/1985 DE LIBERTAD SINDICAL (LOLS)

Se recoge la modificación introducida por la LO 14/1994, de 19 de mayo


Registros de la Propiedad

ORDEN JUS/2593/2003 sobre horarios de apertura al público

RESOLUCIN de 1 de septiembre de 2003, de la Direccin General de Relaciones con la Administracin de Justicia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso- administrativo nmero 724/2003, contra la Resolucin de 4 de junio de 2003, de la Secretara de Estado de Justicia.


REAL DECRETO 1046/2003,de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de formación profesional continua.

Desde el año 1993, la formación y el reciclaje profesional de los trabajadores ocupados se viene regulando a través de los Acuerdos Nacionales de Formación Continua, suscritos entre las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, y entre éstas y el Gobierno. Hasta la fecha se han firmado tres acuerdos de formación continua


Relativo al acuerdo de prejubilaciones de 1.999

Sentencia del Tribunal Supremo en el recurso interpuesto por Caja Madrid contra la sentencia de la Audiencia Nacional en el Conflicto Colectivo relativo al acuerdo de prejubilaciones de 1.999


Sentencia del TSJ de Cataluña

Las empresas no pueden inspeccionar el mail de sus trabajadores

La compañía informática Interbel presentó un demanda de despido disciplinario contra Esther G.G. adjuntando como pruebas el uso personal del correo eléctrónico y las navegaciones realizadas en Internet con fines privados.


Rectificación del

Instrucción INEM, en desarrollo de la Ley 45/2002

A petición de CCOO el INEM ha rectificado la última Instrucción, en desarrollo de la Ley 45/2002 (rectificación del "decretazo") sobre devolución de prestaciones por desempleo reclamadas al trabajador en el supuesto de que, tras la reclamación por despido o extinción del contrato, el empresario esté obligado a readmitir al trabajador, pero la readmisión no se produce y el juez no puede ejecutar la sentencia porque la empresa está desaparecida y no es posible dicha ejecución


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