El juez considera no probadas las acusaciones del empresario hacia el trabajador, cuando el 14 de mayo de 2013, al asistir a la proclamación del catalán del año en el Teatro Nacional de Catalunya; se encontró con la concentración realizada por CCOO que protestaba por el despido de 50 trabajadores de los hoteles Cristal, Comte, Gran Ronda, Ducat y Laietana, del grupo hotelero.
La sentencia es recurrible en diez días. CCOO rechaza que un empresario despida a un trabajador por motivo de una protesta en defensa de los puestos de trabajo de los trabajadores, más aún cuando se le demanda por supuestas calumnias y encima se le reclama dinero.
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