Según lo acordado, y estudiar las propuestas que se habían compartido con la empresa por la parte social, en este punto, la empresa nos traslada que han valorado dichas propuestas y como resultado a partir del 01 de marzo de 2025, esta será la forma en la que se proceda:
- Si la tienda/s a la que pertenece la persona trabajadora, (su centro de coste), consigue el objetivo para el cobro del incentivo, entonces Sí o Sí la persona trabajadora recibirá ese incentivo.
- Si la tienda/s en la que está prestando sus servicios de forma puntual consigue el objetivo para el cobro del incentivo, entonces la persona trabajadora recibirá la parte proporcional del tiempo en el que haya estado o esté realizado ese apoyo.
- Si ambas tiendas consiguen el objetivo (tanto su centro de coste como en dónde está realizado el support), entonces la persona trabajadora cobrará el incentivo total, ya que prevalecerá siempre su centro de coste por encima de los centros a los que está prestando apoyo.
Todo esto se recogerá en un anexo que se añadirá al acuerdo SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje).
La parte social valora positivamente la colaboración y comunicación con la empresa para dar salida a todos los temas que afecten y sean importantes para las personas trabajadoras.
Gracias por vuestra confianza os mantendremos informados/as.
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