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Acuerdo dia adicional de vacaciones extraconvenio



Este artículo se publicó originalmente en Financiero (Agrupación Sector Financiero ) , Banco de Valencia (Banco de Valencia Seccion Sindical de CC.OO.) ,

A petición de las Centrales Sindicales, CC.OO. y U.G.T., y dentro de las reuniones periódicas de la MESA NEGOCIADORA, el pasado Viernes 12 la Dirección del Banco ha resuelto conceder un día adicional de vacaciones, lo que supone una mejora del artículo 26 del actual XX Convenio Colectivo de Banca, quedando definitivamente en veinticuatro días de vacaciones retribuidas en los que no se computarán sábados, domingos ni festivos.
El personal que disfrute ininterrumpidamente de al menos cinco días de sus vacaciones fuera del periodo comprendido entre 1 de abril y 31 de octubre de cada año, ambos inclusive, podrá ampliar sus vacaciones anuales en un día adicional.
En la valija de hoy sale una nota con esta información, que hemos querido adelantar por medio de este bancorreo.

CC.OO. - BANCO DE VALENCIA - U.G.T.

Valencia 15 Mayo 2006