ENSEÑANZA ESPECIAL:
La podrá solicitar el personal activo o pasivo para hijos con minusvalía.
RESTO DE ESTUDIOS:
Sólo podrá solicitarlo el personal pasivo con anterioridad al 01.01.1993 o que a esa fecha tuviese 55 o mas años de edad.
Los beneficiarios serán los hijos con edad comprendida entre los 4 y los 25 años, ambos inclusive, que estén solteros y que no trabajen.
Los estudios que se pueden desarrollar para solicitar la ayuda son: Preescolar, Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatorias, Bachiller, estudios asimilados y Carreras Universitarias.
TRAMITACIÓN:
Las peticiones deberán dirigirse a la UTR correspondiente, siendo la fecha máxima de recepción el 15.06.2007.
DOCUMENTACIÓN:
* Matrícula del curso actual 2006/2007.
* Calificaciones obtenidas el curso pasado 2005/2006.
* Se podrá percibir también otra ayuda, por desplazamiento o pensión, que sería concedida cuando el centro de estudios esté en diferente plaza o lugar de residencia, por no contar en la misma con centro adecuado que imparta los estudios a realizar.
En caso de Enseñanza Especial, hay que adjuntar:
* Justificante o recibo de los honorarios del centro.
* Sólo si es la primera vez que se solicita la ayuda, hay que adjuntar un certificado o informe médico acreditativo de la necesidad o conveniencia de recibir este tipo de enseñanza.
Abril 2007