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BOLETÍN INFORMATIVO


EN QUÉ ME BENEFICIA EL ACUERDO DE PENSIONES

El pasado 17 de marzo, se aprobó la Ley de Reforma de las Pensiones con el apoyo de CCOO. Con este Acuerdo, se garantiza la sostenibilidad del sistema público de pensiones que protege a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena. Que podamos aspirar a desvincularnos y jubilarnos anticipadamente depende de que el sistema público de pensiones tenga una buena salud y sobreviva, porque si no, dependeríamos exclusivamente de nuestra capacidad de ahorro. En Unicaja, la pensión pública se complementa con un Plan de Empleo que fue posible gracias a la negociación colectiva.

 

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Este artículo se publicó originalmente en Unicaja (Sección Sindical Unicaja) ,

Principales novedades que nos afectan:

  1. Incremento de las Bases Máximas de cotización que permitirán acceder a un mayor importe de pensión de jubilación. Por primera vez se garantiza la contributividad de quienes cotizan por base máxima (4.495 €/mes), esto es, que este aumento de cotizaciones sí se traducirá en una mejora de las futuras pensiones. El grueso de la cotización lo asumirán las empresas en los mismos términos en los que se reparten actualmente los tipos de contingencias comunes (proporción 5 a 1).
  2. Garantía de incremento de la pensión máxima a cobrar: por primera vez, y derivado de esta reforma, se reconoce el esfuerzo contributivo que se va a exigir a las personas trabajadoras con salarios más altos. Así estas pensiones se revalorizarán en función de la inflación media registrada el ejercicio anterior, más un incremento adicional de 0,115 puntos porcentuales acumulativos cada año hasta 2050.
  3. Se mejora la expectativa de pensión derivada de jubilación anticipada voluntaria en personas trabajadoras de salarios medios y medios altos que, sin cotizar por base máxima —pero cotizando por encima de la pensión máxima—, se podrán beneficiar del efecto derivado del incremento del umbral de la pensión máxima a la hora de determinar la cuantía de su pensión.
  4. En supuestos de jubilación anticipada voluntaria, casuística habitual en nuestro sector, el incremento de la base de cotización máxima que conlleva el cobro de la pensión máxima, incorpora la garantía de la absorción del impacto negativo de la aplicación de los coeficientes reductores a la misma, de manera que no se vea reducida la pensión de jubilación anticipada y, sin embargo, sí se mejore la cuantía por el aumento del esfuerzo de contribución.
  5. Se amplía a todos los casos de reducción de jornada o excedencia que estén vinculados a cuidados de hijos, menores o familiares de hasta segundo grado, que se considerarán como cotizados hasta los primeros 3 años. La medida supone ampliar la protección de los actuales 2 años reconocidos como cotizados en el caso de reducción de jornadas por cuidado de hijos y menores, y de 1 año en el caso de excedencia y reducción de jornadas por cuidado de familiares de hasta segundo grado.
  6. Se reduce la brecha de género: esta reforma incorpora en todas sus mejoras la perspectiva de género, beneficiando tanto a mujeres como hombres que se puedan encontrar en situaciones de desigualdad y/o vulnerabilidad.
  7. Se elimina el "factor de sostenibilidad" por el que toda la plantilla, y en especial la más joven, veía como su pensión se recortaría a futuro. Un recorte que era más intenso cuanto más joven se era hoy. La puesta en marcha de este factor hubiese provocado la reducción de hasta un 20% la pensión inicial de las generaciones de trabajadores más jóvenes, que se traduciría casi en suprimir 10 años de cotización de sus vidas laborales.toda la plantilla, y en especial la más joven, por el que Se elimina el “factor sostenibilidad”

 

Para ampliar información:

 

Acuerdo para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y la sostenibilidad del sistema de pensiones

Díptico sobre acuerdo