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Mi vida es mía tanto la privada como la laboral


Tras varias consultas que nos han llegado de compañeros de Capgemini-Valencia sobre la obligatoriedad de entregar a la empresa el informe de vida laboral, nuestra respuesta después de consultar a nuestros servicios jurídicos, es que esta información se encuentra englobada como confidencial en la L.O.P.D. y por tanto, no hay obligación alguna por parte del trabajador/a de entregarla a la compañía.

Este artículo se publicó originalmente en Capgemini (Capgemini) ,

En el día de ayer varios compañeros nos han trasladado su duda acerca de si tienen o no, obligación de entregar el informe de vida laboral que la empresa les solicita con urgencia para el acceso a un proyecto determinado.

Entendemos que los clientes de Capgemini puedan estar interesados en conocer el perfil profesional de los trabajadores de la compañía, pero conocer la relación de empresas donde hayan trabajado anteriormente nos parece un abuso. Por esa razón y tras consultar a nuestros servicios jurídicos, podemos confirmar que no hay obligación alguna de entregar dicha información, ya que la vida laboral es uno de los datos que figuran como confidenciales en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Asimismo, os informamos que no tenemos conocimiento por parte de la Dirección de la empresa de que iban a solicitar este tipo de información, ni tampoco cual es el motivo de dicha solicitud.

Por todos estos motivos, desde CCOO-Capgemini no recomendamos la entrega de dicha información teniendo en cuenta que la misma no debe ser un dato relevante para los clientes de Capgemini. De no ser así, creemos que deberían explicar claramente, al menos a los afectados, para que precisan estos datos y que cada trabajador/a entonces decidalibremente si los cede o no.

Si tenéis cualquier duda o aclaración acerca de esta u otra materia, no dudéis en consultar con un delegado/a de CCOO.



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