CCOO reclama que se apliquen las medidas de conciliación en SIA
Indra nos informa del lanzamiento de un piloto para organizar la utilización de la oficina de Arroyo de la Vega.
Comunicado préstamo mobiliario
¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación Indra Holding Tecnologías de la Información
A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Holding Tecnologías de la Información:
1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.
2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.
3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.
4. Teletrabajo
· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.
· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia
5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.
6. Permisos retribuidos:
· Permisos por defunción:
· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.
· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia
· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:
· Hijos/as hasta 18 años
· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años
· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas
· Hijas o hijos en régimen de acogida
· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.
· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.
· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.
· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.
Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto
7. Maternidad/Paternidad flexible:
Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:
· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.
· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.
Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.
8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:
· Acumulando el permiso en 15 días naturales.
· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.
· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.
Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida
9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.
10. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.
11. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.
12. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.
13. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).
14. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:
· Mujeres embarazadas
· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.
15. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
16. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto
Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación Indra Business Consulting
A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Business Consulting:
1. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.
2. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.
3. Teletrabajo
· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.
· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia
4. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.
5. Permisos retribuidos:
· Permisos por defunción:
· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.
· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia
· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:
· Hijos/as hasta 18 años
· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años
· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas
· Hijas o hijos en régimen de acogida
· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.
· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.
· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.
· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.
Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto
6. Maternidad/Paternidad flexible:
Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:
· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.
· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.
Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.
7. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:
· Acumulando el permiso en 15 días naturales.
· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.
· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.
Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida
8. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.
9. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.
10. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.
11. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.
12. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).
13. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:
· Mujeres embarazadas
· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.
14. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
15. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto
Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación Minsait Payment Systems.
A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Minsait Payment Systems:
1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.
2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.
3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.
4. Teletrabajo
· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.
· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia
5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.
6. Permisos retribuidos:
· Permisos por defunción:
· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.
· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia
· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:
· Hijos/as hasta 18 años
· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años
· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas
· Hijas o hijos en régimen de acogida
· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.
· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.
· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.
· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.
Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto
7. Maternidad/Paternidad flexible:
Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:
· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.
· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.
Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.
8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:
· Acumulando el permiso en 15 días naturales.
· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.
· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.
Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida
9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.
10.Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.
11.En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.
12.En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.
13.La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).
14.La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:
· Mujeres embarazadas
· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.
15.En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
16.En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto
Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación INDRA CORPORATE SERVICES.
A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Corporate Services:
1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.
2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.
3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.
4. Teletrabajo
· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.
· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia
5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.
6. Permisos retribuidos:
· Permisos por defunción:
· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.
· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia
· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:
· Hijos/as hasta 18 años
· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años
· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas
· Hijas o hijos en régimen de acogida
· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.
· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.
· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.
· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.
Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto
7. Maternidad/Paternidad flexible:
Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:
· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.
· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.
Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.
8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:
· Acumulando el permiso en 15 días naturales.
· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.
· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.
Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida
9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.
10. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.
11. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.
12. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.
13. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).
14. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:
· Mujeres embarazadas
· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.
15. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
16. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto
Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
Segunda reunión de la mesa del ERTE. Indra Soluciones TI.
Esta mañana se ha celebrado la segunda reunión de la mesa de negociación del ERTE. Pasamos a resumir los puntos más importantes que CCOO ha transmitido a la empresa.
ERTE DESPROPORCIONADO
CCOO considera el ERTE presentado por la empresa totalmente desproporcionado. No hay ni un solo ERTE en España, debido al coronavirus, en el que se hayan planteado medidas de estas dimensiones.
INFORMACIÓN RECIBIDA
CCOO no manifestará su valoración acerca de la Información entregada por la empresa hasta que tengamos la opinión de nuestros Servicios Jurídicos y Financieros. Por tanto, no vamos a manifestar, por el momento, opinión alguna sobre la procedencia o no del ERTE que quiere aplicar la Compañía.
En una primera lectura la información entregada nos parece insuficiente.
CCOO ha solicitado información concreta de los proyectos suspendidos y/o afectados por la paralización por parte de nuestros clientes, especificando por proyecto el número de personas que se ven afectadas.
CCOO ha solicitado también información acerca de los clientes que no van a pagar o van a dilatar sus pagos, y el número de personas afectadas por proyecto.
BAJADA DE SUELDOS
CCOO ha trasladado que no acepta la bajada de sueldos propuesta por la compañía.
COMPLEMENTAR LOS SALARIOS
No hay ninguna posibilidad de que CCOO acepte una propuesta que no incluya complementar la prestación por desempleo de las personas afectadas por el ERTE.
CCOO ha solicitado que se complemente la prestación por desempleo hasta el 100% del sueldo de las personas afectadas por el ERTE.
MEDIDA ERTE - REDUCCIONES DE JORNADA
CCOO no acepta las reducciones de jornada en los términos planteados del ERTE. Hay muchas personas que están trabajando al 125% y sus responsables les van a seguir exigiendo el mismo rendimiento. A estas personas no se les puede aplicar una reducción de jornada.
CRITERIOS DE AFECTACIÓN DEL ERTE
CCOO solicita negociar los criterios de afectación del ERTE. Nos parece un error la publicación de la lista de personas afectadas sin una negociación previa de los criterios de afectación y sin negociar los criterios de exclusión del ERTE.
LISTA DE PERSONAS AFECTADAS
CCOO considera que la lista de personas afectadas entregada es inaceptable. Incluye a personas que trabajan en proyectos recurrentes que no se han visto afectados por el ERTE y, sin embargo, no incluye a personas que llevan 5, 10 y más de 15 años desasignadas.
PAGAS EXTRA – DERECHO VACACIONES.
CCOO ha solicitado que las personas afectadas por el ERTE generen los mismos derechos de vacaciones y de paga a extra que si no estuviesen afectadas por el ERTE.
EXCLUSIONES
CCOO ha solicitado que se excluyan de la aplicación del ERTE a las personas siguientes:
- Las mujeres que sufren violencia de género;
- Matrimonios o parejas de hecho en los que ambos/as trabajen en la Compañía;
- Personas con diversidad funcional superior o igual al 33% o que tengan a su cargo personas con un grado de diversidad funcional superior o igual al 33%.
- Las personas con reducción de jornada por cuidado del mayor y del menor;
- Las familias numerosas;
- Las personas con niños y niñas a su cargo con las enfermedades recogidas en el BOE que les permiten una reducción de jornada del 99% cobrando el 100% del salario.
ANTICIPO PRESTACIÓN - SEPE
CCOO solicita que Indra anticipe el primer mes de prestación que le corresponda a las personas afectadas, debido a los retrasos que se están produciendo en los pagos de la prestación.
SEGURO DE VIDA – PRODUCTOS PLAN REFLEX – BENEFICIOS SOCIALES
CCOO ha solicitado que se mantenga, para todas las personas afectadas por el ERTE, el seguro de vida, y que se permita decidir a cada persona afectada si quiere continuar o suspender los productos del plan Reflex.
CCOO ha solicitado también que las personas que disponen de beneficios sociales, los mantengan si están afectadas por el ERTE.
PERIODO DE APLICACIÓN DEL ERTE
CCOO ha solicitado la aplicación de las medidas del ERTE, únicamente durante la vigencia del estado de alarma (y no hasta el 15 de julio de 2020 como ha anunciado la Compañía).
COMPROMISO DE MANTENIMIENTO DEL EMPLEO
CCOO ha solicitado un compromiso de mantenimiento del empleo, es decir que no se pueda despedir a nadie durante los seis meses posteriores a la finalización del ERTE.
CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN
CCOO ha solicitado que, una vez finalizado el ERTE y si se produce un despido (transcurridos los seis meses solicitados en la propuesta anterior), se utilice como salario para el cálculo de la indemnización, el 100% del salario que correspondería si no se hubiese aplicado el ERTE.
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
CCOO ha solicitado que en caso de que se pudiese llegar a un acuerdo (desde luego no en estos términos), se cree una comisión de seguimiento para verificar la aplicación del ERTE.
Para concluir este comunicado queremos trasladaros las informaciones siguientes:
Hemos recibido, desde que el pasado viernes Indra nos trasladó las medidas que quiere introducir en el ERTE, cientos de correos y de mensajes de WhatsApp, incluyendo comentarios por parte de las personas que trabajan en Indra. Comentarios que sobre todo se caracterizan por su sensatez. En estos momentos de crisis hay miles de personas de la plantilla, que están trabajando muy por encima de sus jornada laboral y con sus propios medios.
Todas las personas que se han puesto en contacto con CCOO rechazan la bajada de sueldos propuesta por la compañía. CCOO también la rechaza y trasladamos que no ha habido ni un solo ERTE (que conozcamos en esta crisis), en la que se propongan bajadas salariales. CCOO considera que estas bajadas salariales, además de desproporcionadas son a todas luces injustas. Incluyen, a modo de ejemplo, bajadas de un 10% a quien cobra 27.000€ y de un 23% a quien cobra más de 10 veces más esa cantidad.
Todas las medidas que hemos propuesto son similares a las que estamos proponiendo en todos los ERTE que CCOO está negociando. Es importante destacar que las medidas acordadas en Indra en el caso de un eventual acuerdo, marcarán no solo la senda de las medidas en el resto del grupo sino también en el sector y en el país.
Ahora más que nunca necesitamos vuestro apoyo para sacar adelante un acuerdo justo para todas las personas que trabajamos en Indra.
Desde luego que en estos términos no va a ser posible llegar a un acuerdo con la empresa.
Os seguiremos informando.
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra