Las razones por las que CCOO no firmó este acuerdo de externalización las indicábamos en nuestro comunicado de 28/04/2014.
Este fallo se suma a la sentencia de nulidad de la Audiencia Nacional, ratificada por el Tribunal Supremo, del acuerdo suscrito, también en 2014, entre los mismos sindicatos, BMN y ENERGUIA WEB, y de la que os informábamos en los comunicados de 21 de julio de 2014 y 17 de octubre de 2016
De las más de cien personas inicialmente afectadas en estos dos acuerdos de externalización, fueron muy pocas las que se incorporaron a ENERGUIA WEB o DOCOUT y otras rescindieron su contrato obligadas ante la aplicación de unas medidas de movilidad geográfica y una disminución drástica de salario, consideradas hoy fraudulentas por los tribunales de justicia.
Ahora, tras estos fallos, se reactivarán las demandas individuales presentas en su día por las trabajadoras y trabajadores afectados, tanto para impugnar la modificación sustancial de condiciones de trabajo producida, como para recuperar el puesto de trabajo en caso de haber extinguido su contrato por estos motivos.
La Dirección de BMN deberá resarcir el daño producido y, en un acto de responsabilidad, mostrar mayor compromiso social con las mujeres y hombres que forman su plantilla, defendiendo su futuro laboral. Se lo han ganado con creces.
ESTAMOS CCOONTIGO
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