La Salud en el trabajo no es ningún privilegio
El trabajo digno no es un privilegio
04-10-11 El concepto de trabajo digno, acuñado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), hace referencia al trabajo que se lleva a cabo respetando los convenios proclamados fundamentales por esta organización el 1998 (libertad sindical, derecho de huelga y negociación colectiva,prohibición del trabajo infantil y del trabajo forzado, y prohibición de todo tipo de discriminación laboral) y que se establece a partir de un contrato, con una remuneración justa y el derecho a unas prestaciones sociales básicas.
LA FIRMA DEL BONUS MALUS PARA MEJORAR NUESTRA SALUD.
El Bonus Malus es una bonificación en las cuotas de la seguridad social que da el gobierno a las empresas para dar cumplimiento a la ley R.D. 404/2010 de manera expresa en la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.
En agosto siguen los despidos en RACE
La dirección de RR.HH. sigue incumpliendo lo acordado en el convenio colectivo. Despiden a los trabajadores y trabajadoras a los que correspondería promocionar para forzar que la Representación de los Trabajadores acepte rebajar las tablas salariales.
COMO COMPORTARSE DURANTE Y DESPUES DEL ATRACO
Queremos con este comunicado dar unos últimos consejos de cómo actuar en caso de atraco. CC.OO., en la próxima reunión del Comité Intercentros de Salud Laboral pondrá sobre la mesa la necesidad de acabar con la indefensión a la que estamos abocados toda la plantilla. La necesidad de ser reconocido el atraco de una vez por todas como accidente laboral y la obligación de la empresa de crear protocolos de actuación completos, reales y eficaces.
8 ATRACOS EN AGOSTO: NO TE PONGAS EN PELIGRO
Y todavía no ha finalizado el verano. La cantidad de atracos que se han producido en este mes de agosto pone en evidencia la falta de un protocolo que tendría que debería ser útil para que toda la plantilla tuviera claro lo que hay que hacer en caso de atraco, y los pasos a seguir para recibir toda la ayuda necesaria.
Contact-center :nueva sentencia sobre 35 horas médicas
Informamos que el pasado 14 de julio de 2011 el Tribunal Supremo dictó sentencia sobre el artículo 29.2 de nuestro convenio colectivo donde habla de las 35 horas retribuidas para asistencia a médicos.










