Externalización del trabajo en hoteles. Externalización del trabajo en hoteles. Impactos en los departamentos de pisos.
La reforma laboral de 2012 en España favoreció la prevalencia de los convenios de empresa sobre los convenios colectivos sectoriales. En el sector hotelero esto se ha traducido en un incremento de los procesos de externalización y subcontratación de determinados departamentos, especialmente el de pisos y su personal: las camareras de pisos.
Boletín Acción Sindical CCOO Encarni Bonilla Huete Área de Desarrollo y Política Sectorial de la Federación de Servicios de CCOO. Raúl Olmos Mata Secretario de Acción Sindical de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO
Hace un año y medio, desde CCOO impulsamos una campaña conjunta de actuación con UGT frente a los convenios de empresas multiservicios existentes y a los nuevos que surgían masivamente al amparo de la Reforma Laboral de 2012, que daba prevalencia al convenio de empresa frente al convenio sectorial.
Armando García López Responsable Asesoría Jurídica Federación de Servicios de CCOO
Boletín Acción Sindical CCOO.- El pasado mes de julio, el sindicato ELA interpuso una demanda para impugnar parcialmente el I Convenio Colectivo Estatal del Sector Laboral de Restauración Colectiva que fue suscrito, con fecha 17 de noviembre de 2015, de una parte, por FEADRS, en representación de las empresas del sector y, de otra, por CCOO-SERVICIOS y SMC-UGT, en representación del colectivo laboral afectado.
Iniciamos la negociación colectiva y es tiempo de negociar. En riesgos psicosociales, la empresa ha decepcionado con la presentación del plan.
A Negociación Colectiva adquire un papel relevante na loita contra a violencia machista e convértese nun instrumento que non só garante o cumprimento da LOMPIVG, senón que a desenvolve de maneira efectiva nas empresas, recoñecendo dereitos e ampliándoos, creando ferramentas e implicando ás persoas nesta tarefa.
A Federación de Servicios ven de publicar unha guía, que se estrutura nos seguintes puntos:
- Introdución. Por que traballar a violencia de xénero en todos os nosos ámbitos de negociación (Acordos Marcos, acordos sectoriais, Convenios Colectivos, Acordos de Empresa, Plans de Igualdade).
- Boa prácticas na Negociacion Colectiva da Federación de Servizos
- Liñas estratéxicas, para seguir avanzando nesta materia.
CCOO y UGT presentan el estudio "Impacto de la externalizacion del departamento de pisos en el sector hotelero". La campaña de denuncia impulsada por CCOO llega al Parlament de Catalunya. Sindicatos y patronal de hostelería de Valladolid llegan a un acuerdo en el SERLA para zanjar el convenio provincial. CCOO y UGT firman el convenio de hostelería para la provincia de Las Palmas. Concentración ante el Hotel Melia Barcelona
16 noviembre 2016
PROTOCOLO DE
ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO SEXUAL Y ACOSO POR RAZÓN DE SEXO EN EL ÁMBITO DE BMN
En el desarrollo de la reunión, CCOO y otras secciones sindicales mantuvimos nuestro
rechazo al Protocolo, las razones de CCOO para no aprobar el documento presentado, las
anunciábamos en nuestro comunicado
Descargar comunicado en PDF
PROTOCOLO DE FRANQUICIAS
Cuando una tienda Dia se transmite a terceros
para que se la explote en régimen de franquicia. Ocurre la sucesión de
una empresa, centro de trabajo o unidad
productiva autónoma. Regulada en el
estatuto de los trabajadores art. 44.
El protocolo de franquicias según nuestro convenio
vigente establece que cuando una tienda DIA o Twins sea transmitida a un
nuevo titular para ser explotada en régimen de franquicia la empresa deberá cumplir siguientes acciones alternativas
adicionales para el
personal en ese supuesto:
Comunicación previa a la RLT con un plazo mínimo de 7 días sobre consecuencias jurídicas,
económicas y sociales para el personal afectado y fecha de la transmisión.
Recolocación en un centro de trabajo dentro de la
compañía: a menos de 45 km de la tienda de origen, gastos de desplazamiento
regulados en el art.
22 del convenio, información al
comité provincial de las recolocaciones y las condiciones y que el trabajador/a
lo solicite en un plazo de 48 horas desde que se le comunique la transmisión de
la tienda.
Recolocación en otra empresa del grupo siempre
que hubiera vacante en un puesto de similares funciones, misma jornada, a
petición del trabajador/a y con los siguientes criterios: En un centro cercano a su domicilio y
que la distancia entre ambos no supere los 45km. Y que el trabajador/a lo
solicite en un plazo de 48 horas desde que se le comunique la transmisión de la
tienda. Si no fuera posible la recolocación en los dos supuestos anteriores, la
empresa ofrecerá la recolocación en otro centro aunque supere los 45 Km.
En caso de que el trabajador/a opte
por la extinción de su contrato conforme al art.40 del ET. la empresa
ofrece la indemnización legal prevista en la Ley mejorada hasta alcanzar una
cuantía bruta de 33 días de salario
con un tope de 18 mensualidades .