content_copy Noticias - Negociacion Colectiva

CCOO lanza una campaña para recoger propuestas de las personas trabajadoras del comercio de Valladolid ante la próxima negociación del Convenio

El sindicato quiere conocer cuáles son las mejoras prioritarias para las plantillas del comercio de la provincia de Valladolid

CCOO llega a un acuerdo en Amazon que reduce el impacto del ERE

El sindicato ha llegado a un acuerdo con la empresa que reduce el número de despidos y mejora la indemnización máxima

carta Consello Galego de Relacións Laborais

CCOO impulsamos un convenio galego para reducir desigualdades no sector do comercio

Hoxe trasladamos ao Consello Galego de Relacións Laborais unha solicitude formal para que convoque ás patronais galegas co obxectivo de iniciar a negociación dun convenio colectivo galego do sector do comercio.

Na actualidade, as condicións laborais das persoas traballadoras do comercio dependen en gran medida da provincia ou do convenio aplicado, mesmo cando o traballo desenvolvido é equivalente. Esta situación provoca desigualdades en salarios, xornadas e dereitos laborais que non teñen xustificación obxectiva.

A negociación dun convenio galego permitiría establecer condicións mínimas comúns para todo o sector en Galicia, evitar a competencia á baixa entre empresas e avanzar cara a unha maior igualdade entre as persoas traballadoras.

O Consello Galego de Relacións Laborais dispón das ferramentas necesarias para facilitar o diálogo entre as partes e contribuír á apertura deste proceso negociador.

Este paso supón o inicio dun camiño que consideramos imprescindible. Continuaremos informando puntualmente e defendendo os dereitos de todas as persoas traballadoras do comercio en Galicia.

convenio comercio vario Pontevedra

Avanza a negociación do convenio do Comercio-Vario de Pontevedra

Reunión da mesa negociadora do 11 de decembro de 2025

Na última reunión do convenio do Comercio-Vario da provincia de Pontevedra, constatamos avances significativos na negociación. Houbo un achegamento entre os sindicatos e a patronal, e acordamos que os puntos pendentes se pecharán na próxima xuntanza co obxectivo de asinar o convenio en breve.

Acordo clave fóra do convenio

As tres centrais sindicais xunto coa patronal solicitamos a negociación dun Acordo Marco Galego de Comercio. Para nós, en CCOO, é fundamental:

  • Acabar coa dispersión dos convenios.

  • Garantir a igual traballo, igual salario, independentemente de onde se viva na provincia.

Proposta sindical conxunta

A proposta sindical conxunta presentou moitos puntos que xa foron aceptados pola patronal. Algúns aspectos deben matizarse e redactarse para garantir a súa correcta aplicación e a defensa dos dereitos laborais do sector.

Próximos pasos na negociación

A vindeira reunión terá lugar o 23 de decembro, coa participación de dúas persoas por sindicato e representantes da patronal. O obxectivo será pechar os matices pendentes e avanzar cara á firma definitiva do convenio.

Desde CCOO continuaremos informando sobre a evolución da negociación do convenio do Comercio-Vario de Pontevedra, para asegurar dereitos laborais, igualdade salarial e estabilidade no emprego en todo o sector.

 

convenio comercio metal Pontevedra

CCOO rexeitamos por inasumible a proposta da patronal no convenio do Comercio do Metal de Pontevedra

Reunión da mesa negociadora do 11 de decembro de 2025

A reunión da mesa negociadora do convenio do Comercio do Metal da provincia de Pontevedra concluíu sen avances. A patronal presentou unha proposta que CCOO e o resto de sindicatos consideramos inasumible, ao non garantir salarios dignos nin o mantemento dos dereitos laborais actuais.

Un 2025 sen suba salarial real

A proposta empresarial establece que no ano 2025 o salario mínimo interprofesional (SMI) se utilice unicamente como referencia nas categorías máis baixas. Isto implica que non habería suba salarial real nin pagamento de atrasos, consolidando a perda de poder adquisitivo das persoas traballadoras.

Incrementos salariais insuficientes e mal repartidos

Para o ano 2026, a patronal propón incrementos de entre o 4,37 % e o 9,27 %, cantidades que na práctica supoñen acumular dous anos de subas nun só exercicio. Para os anos 2027 e 2028, as subas previstas sitúanse entre o 3 % e o 3,5 % anual, claramente insuficientes para recuperar o salario real.

Recortes en incapacidade temporal e retrocesos en dereitos

A proposta inclúe un recorte na incapacidade temporal (IT), limitando o cobro do 100 % do salario unicamente aos casos de accidente laboral ou enfermidade profesional. Ademais, a patronal pretende non aplicar a compensación e absorción en 2026 e eliminar a promoción automática, medidas que supoñen un retroceso claro nas condicións laborais do sector.

Postura sindical: liñas vermellas claras

Desde CCOO, xunto co resto de sindicatos, a posición é firme:

  • Non aceptar un 2025 sen suba salarial.

  • Non permitir cambios na compensación e absorción.

  • Non aceptar a eliminación das promocións profesionais.

  • A incapacidade temporal só pode mellorarse, nunca recortarse.

Próximos pasos na negociación do convenio

A vindeira reunión da mesa negociadora terá lugar o 12 de xaneiro. Ante a falta de flexibilidade da patronal, as organizacións sindicais valoramos a convocatoria dunha asemblea do sector para informar ás persoas traballadoras e decidir os seguintes pasos.

CCOO continuaremos informando sobre a evolución da negociación do convenio do Comercio do Metal de Pontevedra, un acordo clave para garantir salarios xustos, estabilidade laboral e dereitos para o conxunto do persoal do sector.

COMUNICADO DE CC.OO. SOBRE LAS MEDIDAS ANUNCIADAS POR LA EMPRESA

    Tras el comunicado emitido por la Empresa el pasado 12 de diciembre en el que se anuncia su intención de llevar a cabo reajustes por la marcha del colectivo Generali, queremos anunciar lo siguiente:

    Ante la posibilidad de la aplicación de una distribución irregular de la jornada que mediante la modificación de contratos pretenda imponer a los trabajadores periodos de ausencia anuales para su posterior recuperación en temporada alta bajo la amenaza de que, de no aceptarse, será despedido (tal y como ya ocurrió en el presente año con determinados compañeros ante la marcha del colectivo AMA), queremos manifestar que solo la voluntad inequívoca del conjunto de la plantilla de oponerse a dichas imposiciones puede impedirlo.

    De la misma forma, la modificación de contratos para la pretendida movilidad funcional que persiga utilizar a los actuales operadores de asistencia para distintas tareas en otras áreas (por ejemplo: venta de pólizas, recuperación de socios o directamente labores comerciales) debe ser rechazada de la misma forma, y por nuestra parte consideramos excede de los límites de la llamada movilidad funcional y no puede imponerse de manera colectiva sin el consentimiento de los representantes legales de los trabajadores.

    De este modo, y llegado el caso, solamente el anuncio de que por nuestra parte se actuará parando inmediatamente la producción (tenga las consecuencias que tenga) hará entender a los responsables de que ese no es el camino. Todo lo demás supondría convertir los "reajustes" en una lotería de la muchos saldrían perjudicados.

    Es importante asumir que la actual dirección no entiende las relaciones con sus empleados desde el respeto y la transparencia y hará todo lo posible por convertir cualquier reajuste en un engaño al servicio de sus objetivos, cosa que lamentablemente hemos ido aprendiendo a través de la experiencia durante estos últimos 13 años. Solo entienden que imponiendo lo que consideran beneficioso para ellos siempre saldrán ganando. Todavía no han asumido que el negocio funciona porque hay empleados que hacen funcionar el negocio. Quizá haya llegado el momento de hacérselo entender.

    Dicho esto, es importante recordar lo siguiente:

  1. Si eres convocado para proponerte una modificación en tu contrato, PONLO INMEDIATAMENTE EN CONOCIMIENTO DE UN DELEGADO SINDICAL PARA QUE TE ASISTA Y ESTÉ PRESENTE. No aceptes un no por respuesta. Estás en tu derecho y es vital que haya presente un testigo.


  2. Si no estás de acuerdo con la modificación, responde: “No acepto la modificación y me reservo acciones legales”.

  3. Cualquier modificación de contrato tiene un periodo de *impugnación de 20 días hábiles desde la comunicación*.

    Para que a todos nos quede claro: Si la Empresa pretendiera imponer modificaciones de contrato a un 10% de la plantilla, sería ilegal presentarlas individualmente y estaría obligada a una negociación colectiva previa.

    Si, como se ha dejado caer, no se persiguen modificaciones de contrato sino la aplicación de la DIJ, esta no puede emplearse arbitrariamente y funciona de la siguiente manera:

- Máximo 10% de la jornada en cómputo anual.
- Máximo 9 horas diarias.
- Descanso mínimo semanal 1 día y medio.

Es decir: la Empresa no puede aplicarte una DIJ donde te envíen a casa durante 3 semanas en febrero para hacértelas recuperar en agosto. ESO ES ILEGAL.

También es ilegal obligarte a ejercer funciones que no están directamente relacionadas con tu categoría profesional: Si así te lo plantearan, PONLO INMEDIATAMENTE EN CONOCIMIENTO DE UN DELEGADO SINDICAL PARA TOMAR LAS MEDIDAS OPORTUNAS.

    Es importante que todos estemos al tanto de la situación y de nuestros derechos, pero más importante aún es entender que SOLAMENTE ACTUANDO COMO UNO Y SIN MIEDO podremos evitar cualquier atropello que suponga despidos y otras vulneraciones a nuestros derechos.

    En los próximos días, según tengamos más información por parte de la compañía y de nuestros servicios jurídicos, indicaremos los pasos a seguir y los posibles calendarios de convocatorias de asambleas de trabajadores con el fin de decidir las acciones necesarias que puedan detener las decisiones unilaterales anunciadas por la empresa.

    Seguiremos informando 


Contacto:  race.ccoo@gmail.com           
www.ccoo-servicios.es/raceasistencia/   

Publicación en el BOCM del Convenio Colectivo del Sector de Mayoristas de Frutas, Hortalizas y Plátanos de la Comunidad de Madrid

Desde CCOO nos complace informarte que el Convenio Colectivo del Sector de Mayoristas de Frutas, Hortalizas y Plátanos de la Comunidad de Madrid ha sido publicado oficialmente en el BOCM el 29 de noviembre.

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