CSICA vende humo y pretende que la sigamos
Es tremendo. En el proceso de reclamaciones de cantidades CSICA plantea "lo que desea" y nosotros somos los malos por decir "lo que es".
Lo peor es que, en estos temas, por más que algo se desee no se convierte en realidad y lo único que están consiguiendo es marear a la plantilla y complicar todo aún más. Por si no estuviera ya bastante complicado.
Y algo parecido sucede con la demanda presentada por la "oferta" de bajas indemnizadas.
Reclamación de cantidades por anulación de Acuerdo junio-2013
Proceso de reclamación de cantidades: Información y descarga de archivos.
Reactivación demandas contra medidas unilaterales
Una cosa es que reconozcamos la evidencia de que la sentencia del Tribunal Supremo respecto al Acuerdo de 25 de Junio nos haya dejado en las medidas unilaterales impuestas por la empresa y otra muy distinta que nos parezca bien o que nos conformemos con ello.
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Sentencia vs reclamaciones de cantidades
Sea por la insistencia de otros sindicatos en negar la evidencia o sea porque a veces parece que sólo oímos lo que queremos oír, sigue habiendo mucha gente convencida de que tras la sentencia del Tribunal Supremo la empresa nos tiene que devolver -y por tanto podemos reclamar judicialmente si no lo abona- toda la cantidad detraída por el ERTE 247/13 durante el segundo semestre de 2013.
Ojalá fuera así, pero como ya hemos dicho, nuestra Asesoría Jurídica no tiene dudas en cuanto a que esa sentencia lo que nos lleva es a la situación previa al Acuerdo, esto es, a las medidas unilaterales que impuso la empresa.
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Sobre la reclamación de cantidades
Ante las noticias alarmistas que está trasladando algún sindicato sobre la urgencia de presentar "antes del jueves" las reclamaciones de cantidades por la "anulación del ERTE 247/13", so pena de perder la posibilidad de efectuar la reclamación, sólo podemos decir y pedir que dejen de marear e inquietar al personal con tanta mentira.
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¿Y ahora?
La sentencia del Tribunal Supremo respecto al primer ERTE (2º semestre de 2013) ya ha sido publicada y por lo que vemos, la empresa debe estar contenta pues la ha situado en el mejor de sus escenarios posibles y más aun sabiendo cómo actúan. Ya veremos si en la otra sentencia, en lo relativo a los planes de pensiones, tienen tanta suerte y pueden, como de costumbre, "ganar tiempo".
Lamentablemente y aunque de tanto insistir con que volvíamos al principio de los tiempos y con que "el mes próximo nos tienen que pagar..." nadie quería oír lo contrario, el que la sentencia nos lleva a la medidas unilaterales impuestas por la empresa, es algo que hemos estado diciendo desde hace mucho tiempo (ver comunicado 25-11-2013) y es que parece lógico pensar que si algo se anula, te sitúas un segundo antes de su existencia y no dos meses antes. Aunque claro, es más bonito vender lo contrario, aunque sea mentira.
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