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16/07/2019

SENTENCIA SOBRE LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL - JORNADAS REDUCIDAS


Hace unos días se ha hecho pública una Sentencia del Tribunal Constitucional que modifica el cálculo de las pensiones en ciertas condiciones de jornadas a tiempo parcial, igualándolo con el de tiempo completo


Este artículo se publicó originalmente en Indra (Sección Sindical de CCOO en Indra) ,

Hasta ahora se habían llevado a cabo reformas legislativas parciales que habían conseguido garantizar la igualdad de trato de los colectivos más estables y de los más precarios, pero se mantenía en peor condición a las situaciones intermedias, afectadas por esta sentencia. CCOO reclama una reforma integral del trabajo a tiempo parcial, para completar esta necesaria reforma de la legislación en materia de Seguridad Social.

Para CCOO, la Sentencia del Tribunal Constitucional hecha pública recientemente anulando una parte de la fórmula de cómputo de los trabajos a tiempo parcial para calcular la pensión de jubilación viene a cerrar el círculo de las reformas que han producido en esta materia en los últimos años.

Las reformas que se han venido impulsando en esta materia han tenido como objetivo intentar garantizar la igualdad de trato entre trabajadoras/es a tiempo parcial y tiempo completo. Muchas de estas reformas, de hecho, se han producido precisamente como consecuencia de sentencias similares a las que se han dado ahora.

No obstante, las medidas puestas en marcha hasta ahora, aun reconociendo que han sido útiles para corregir la situación de colectivos muy amplios, sin embargo, no son capaces de resolver la totalidad de situaciones que se ven afectadas. De ahí que la Sentencia producida ahora por el Tribunal Constitucional venga cerrar este círculo y exija, en la práctica, una reformulación integral de la cotización de los trabajadores a tiempo parcial.

Posible colectivo afectado

Resulta difícil establecer con exactitud el colectivo de trabajadoras/es que se pueden ver afectados en la práctica por esta Sentencia. Aunque en principio pudiese parecer que lo están la totalidad de trabajadores/as a tiempo parcial, lo cierto es que la mayoría de ellos no lo harán como consecuencia de las medidas ya puestas en marcha con anterioridad.

De hecho, las medidas implementadas anteriormente ya garantizaban un trato igualitario a quienes tienen carreras de cotización más amplias (67% de jornada o superior), y a quienes las tienen más precarias (por efecto de los distintos complementos); y la Sentencia viene ahora a corregir las situaciones intermedias que continuaban peor tratadas.

Reforma integral del tiempo parcial

Para CCOO es indudable que la Sentencia del Tribunal Constitucional supone la confirmación de una doctrina firme que necesariamente debe conllevar la reforma integral de la legislación en materia de cotización del trabajo a tiempo parcial.

Más allá del alcance material de las sucesivas Sentencias que en 2013 y ahora en 2019 se han producido, es necesario abordar, de manera integral, una revisión de la legislación en esta materia que garantice la plena igualdad de trato para los trabajadores a tiempo parcial, y se haga teniendo en cuenta las dificultades objetivas que este colectivo tiene como consecuencia de su propia diversidad.

Puedes ponerte en contacto con ccooindra@servicios.ccoo.es para cualquier consulta o sugerencia.

 

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