¡¡¡¡¡Por fín llegan las ansiadas vacaciones!!!!!
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ EJERCE TU DERECHO A LA DESCONEXIÓN !!!!!!!!!!!
CCOO te recuerda que la desconexión digital es un derecho que está recogido en el Estatuto de
los trabajadores, en la LOPD, en nuestro Convenio Colectivo, etc y además existe un protocolo en
Abanca que recoge este derecho:
Protocolo de garantía de los derechos digitales en el ámbito laboral.
¿Qué dice esta normativa sobre la desconexión?
La desconexión digital es un derecho, cuya regulación contribuye a la salud de las personas
trabajadoras disminuyendo, entre otras, la fatiga tecnológica o estrés, y mejorando, de esta
manera, el clima laboral y la calidad del trabajo.
A los efectos de la regulación de este derecho, se tendrán en cuenta todos los dispositivos y
herramientas facilitadas por las empresas susceptibles de articular comunicaciones relacionadas
con el trabajo, tales como: teléfonos móviles, tabletas, portátiles, aplicaciones móviles propias
de las empresas, correos electrónicos y sistemas de mensajería, o cualquier otro que pueda
utilizarse.
El ejercicio de este derecho por parte de las personas trabajadoras:
NO CONLLEVARÁ MEDIDAS SANCIONADORAS
NI TAMPOCO PODRÁ INFLUIR DE MANERA NEGATIVA EN LOS PROCESOS DE PROMOCIÓN,
EVALUACIÓN Y VALORACIÓN.
Con el fin de garantizar el cumplimiento de este derecho una de las medidas recogidas en nuestro
protocolo es la siguiente:
NO ATENDER DISPOSITIVOS DIGITALES PUESTOS A DISPOSICIÓN
POR LA EMPRESA FUERA DE LA JORNADA DE TRABAJO
Como recomendación:
PROGRAMA RESPUESTAS AUTOMÁTICAS INDICANDO FECHAS EN LAS QUE NO ESTARÁS
DISPONIBLE