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22 de Octubre para la realización de las pruebas

Convocatoria 2014 - Exámenes de Ascenso por capacitación


 El Tribunal de Exámenes, constituido con representación de los Sindicatos, según lo establecido  en  el  Convenio Colectivo de Banca, fijó la fecha de 22  de  Octubre para la realización de las pruebas de este año que se efectuarán   de   forma   centralizada   en el Aula Magna del Solaruco de la Ciudad Financiera del Grupo  Santander  de  Madrid,  con  excepción  de los empleados y empleadas que residan en las Islas Canarias que se llevará a cabo en el Aula de Formación, C/ General Vives, 66-4ª Planta en Las Palmas de Gran Canarias. Todo esto lo puedes consultar a través de Verne, en la Nota Diversa 097/2014, del 3 de Octubre.

Como sabes, para los Niveles IX y X no existe limitación  de  Plazas.  Obtendrán  el  ascenso  a Nivel X quienes superando el examen (38 puntos sobre 70), y tras sumarles los puntos por la evaluación de desempeño, consigan una puntuación entre 55 y 65 puntos, mientras que lo harán a Nivel IX las personas que alcancen una puntuación igual o superior a 65 puntos.

Para  el  Nivel  VIII  hay  un  número  limitado  de plazas   que   se   fija   según   lo   previsto   en   el Convenio Colectivo y en este año son 30,  para las que han sido admitidas 117 solicitudes. Las plazas se asignarán por orden de mayor a menor puntuación, exigiéndose superar la prueba y un mínimo de 55 puntos sobre los 100 posibles (70 del  examen  y  30  de  la  Evaluación  del Desempeño).

Los ascensos tendrán todos los efectos desde 1 de enero de 2014, por lo que en su momento, quienes asciendan cobrarán los atrasos correspondientes.

El Banco deja de abonar el Plus de Polivalencia Funcional establecido en Convenio Colectivo para el Grupo Profesional de Administrativos a todo el personal ascendido por capacitación a Nivel VIII del Grupo Profesional de Técnicos, retrocediendo su importe desde 1 de Enero de 2014 (98,46 euros/mes para este año). No obstante, este importe o su diferencia con el de los trienios de técnico, volverá a percibirse por la aplicación del Art. 10.VI de Convenio, a partir de la fecha en que  hipotéticamente  correspondiese  la asimilación salarial a Nivel VIII, siempre que se mantenga en el mismo nivel y función.

Para cualquier consulta o información sobre este tema  puedes  dirigirte  a  cualquiera  de  los delegados y delegadas de CCOO o directamente a nuestro representante en el Tribunal de Exámenes:


Este artículo se publicó originalmente en ciudadfinanciera (Grupo Banco Santander Boadilla) ,