Archivado en Comunicados, Mujeres e Igualdad

2020-01-23 ISTI

¿TE HAS DADO CUENTA DE QUE DESDE EL 14 DE ENERO... TENEMOS UN PLANAZO?


Permisos de Acompañamiento al médico:


Este artículo se publicó originalmente en Indra (Sección Sindical de CCOO en Indra) ,

Todas las personas que trabajan en Indra Soluciones TI dispondrán del tiempo necesario para asistir o acompañar al médico de cabecera o especialista de la Seguridad Social o de la Sanidad Privada para:

  • El trabajador o trabajadora;
  • La pareja del trabajador o la trabajadora;
  • Familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad hasta los 18 años de edad (incluidos) y a partir de los 65 años (también incluidos).
  • Familiares dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de los que se es tutor o tutora legal (diversidad funcional mayor o igual al 33%).
  • Menores de hasta 18 años (incluidos) en régimen de acogida por el trabajador o trabajadora.