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Recordatorio sobre la ayuda de estudios


Las ayudas de estudios del Convenio Colectivo no se pierden porque la Caixa haya cerrado el plazo de solicitud.

Este artículo se publicó originalmente en

Os queremos recordar que el capítulo VIII de nuestro Convenio Colectivo (firmado por Comisiones Obreras) recoge las ayudas para la formación de hijos de empleados/as y la ayuda de estudios de los empleados/as (artículos 58, 59 y 60)

 

Os queremos recordar que, aun cuando estamos en período de pedir las ayudas a través de la solicitud que la Caixa nos envía a todos los empleados y empleadas, ESTA AYUDA NO SE PIERDE PORQUE ALGUIEN NO LA PIDA CUANDO LA CAIXA CIERRA SU PLAZO.

 

Por lo tanto, SI ALGUIEN NO PIDIÓ LA AYUDA CORRESPONDIENTE DEL AÑO ANTERIOR, AHORA ES EL MOMENTO DE AÑADIRLA A LA HOJA DE SOLICITUD CONJUNTAMENTE CON LA DE ESTE AÑO SI PROCEDE (Ved nuestro comunicado publicado en Intranet con fecha de 9.6.05)

 

Os queremos recordar también que, para tener derecho a recibir las ayudas de guardería y de estudios de hijos de empleados NO ES NECESARIO QUE NUESTROS HIJOS CURSEN ESTUDIOS O VAYAN A LA GUARDERÍA

 

Si tenéis cualquier problema a la hora de pedir las ayudas de estudios poneos en contacto con vuestros delegados y delegadas de Comisiones Obreras. (A través de teléfono o correo electrónico. Mirad a pie de página)

 

 

 

 

Mataró, 8 de septiembre de 2005