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COMFIA-CCOO impulsará el desarrollo profesional de trabajadores y trabajadoras de mutuas y servicos de prevención


Reconocimiento del derecho al desarrollo de la carrera profesional de los trabajadores y trabajadoras de las Mutuas y los Servicios de Prevención.

Este artículo se publicó originalmente en la página principal de CCOO-SERVICIOS (Federacion de Servicios Sindicato CCOO) , Seguros (Sector de Seguros (Cias y MATEPSS, Mediación y Servicios de Prevención)) ,

La Federación de Servicios Financieros y Administrativos de Comisiones Obreras tiene la firme intención de impulsar, en el seno de los convenios colectivos, el reconocimiento del derecho al desarrollo de la carrera profesional de los trabajadores y trabajadoras de las Mutuas y los Servicios de Prevención.


La Ley 44/2003, de 21 de Noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias recoje, en su Título III, el derecho de los Licenciados y Diplomados sanitarios que prestan servicios en centros tanto públicos como privados al desarrollo profesional. Del mismo modo, la Disposición Adicional Cuarta dispone que los efectos y cuantías de los diferentes grados de desarrollo profesional deben negociarse con las organizaciones sindicales y la Disposición Transitoria Segunda fija en cuatro años, desde la entrada en vigor de la Ley, la fecha límite para la implantación de los procedimientos de reconocimiento.


Para Comisiones Obreras el derecho al desarrollo profesional debe comprender tanto a los Licenciados y Diplomados sanitarios como a otros titulados y al resto de trabajadores y trabajadoras del sector de Mutuas y Servicios de Prevención.


Debe estar articulado en cuatro grados y, según CC.OO., tiene que cumplir una serie de principios, tales como:


  • Voluntariedad.
  • Objetividad y Transpariencia.
  • Irreversibilidad.
  • Participación Sindical en el reconocimiento de los grados.
Comfia CCOO Seguros