Real Decreto: Mutuas de Accidentes de Trabajo como Servicio de Prevención Ajeno
El Consejo de Ministros del viernes, dÃa 10, aprobó el RD 688/2005 por elque se regula el régimen de funcionamiento de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como servicio de prevención ajeno (SPA).
Sentència favorable als beneficis socials dels treballadors d’ASGECA
Els tribunals han donat la raó als treballadors d’ASGECA que havien reclamat enfront de la prà ctica empresarial de suprimir uns beneficis socials: d’ajuts per estudis dels fills, natalitat, nupcialitat i antiguitat
Trabajadores de los servicios de prevencion segregados de las mutuas continuaran en el convenio de seguros.
El preacuerdo recoge que las relaciones laborales de los trabajadores de las Sociedades de Prevención se regirán por el Convenio Colectivo de Seguros hasta la entrada en vigor de un nuevo Convenio Colectivo Sectorial para los Servicios de Prevención Ajenos
TEXTO COMPLETO DEL
PREACUERDO
PREACUERDO
Texto completo del preacuerdo sobre la segregación del SPA firmado por CC.OO., UGT, AMAT ante el Director General de Ordenación de la Seguridad Social en la reunión del pasado dÃa 25
Actualización salarial Convenio Mediación de Seguros
Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Mediación en Seguros Privados: se procedió a actualizar las tablas salariales y los conceptos económicos siguientes: Tabla Salarial 2005, Complemento por Experiencia, Tabla de MÃnimos Complemento Salarial PAE, Plus Funcional de Inspección, Dietas y Gastos de Locomoción y compensación económica del almuerzo.
Convenio de Seguros. Revisión salarial 2004
Convenio Colectivo Estatal del Sector de Seguros y Mutuas de Accidentes, una vez constatado que el IPC del año 2.004 se sitúa en el 3,2%, se efectuó una revisión del 1,2% sobre la tabla salarial del 2004, dando lugar a la tabla revisada para el 2004. Se configuró la tabla salarial para el 2005 contando con la previsión hecha por el gobierno de un IPC del 2%.
Protocolo de Actuación en el Proceso de Renovación de las Estructuras Territorial y Comercial del Sistema Mapfre
Es voluntad de MAPFRE que el proceso de reforma de la estructura territorial se lleve a efecto respetando los derechos laborales básicos. Los principios de igualdad de oportunidades, promoción y búsqueda de la eficacia servirán de guÃa para la reordenación que comporta necesariamente esta reforma.














