CCOO ganamos juicio en la Audiencia Nacional

Liberbank de nuevo condenado


El pasado día 25 de mayo, mientras manteníamos una reunión con la empresa, tenía lugar un juicio en la Audiencia Nacional a instancias de CCOO (algo que, por cierto, también ocurrió el día 1 de junio) en el que demandamos a la empresa por no efectuar la clasificación de oficinas ni, consecuentemente, efectuar las consolidaciones de categoría que corresponden a las personas responsables de las mismas así como por no facilitarnos la información que precisamos para vigilar el correcto cumplimiento de todo lo anterior.

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Como ya os informamos, este juicio ha tenido lugar tras un muy largo proceso en el que en CCOO comenzamos requiriendo la solución a la empresa, luego intentándolo en las distintas Inspecciones de Trabajo y finalmente interponiendo demanda en la Audiencia Nacional.

Ahora, poco tiempo después, porque parece que una vez más los jueces lo han tenido muy claro, hemos recibido la sentencia de la Audiencia Nacional en la que nos dan la razón a todas nuestras pretensiones. 


A pesar de la importancia presente y futura de lo demandado, una vez más, en CCOO nos hemos visto bastante solos en esta pelea. Será que este tema no interesa.
Y es que, aunque todo el trabajo ha sido nuestro, sólo dos sindicatos se adhirieron a nuestra demanda para mostrar, al menos, su apoyo en el juzgado. Porque el resto, ni eso. 

Por ello, en esta ocasión, queremos hacer una mención especial de "agradecimiento" a CSICA, UGT, CSI, APECASYC e Independientes por su absoluto pasotismo en este tema y por dejar que, como suele ocurrir, sea CCOO quien, de nuevo, se encargue de buscar una solución al problema.


Volviendo al juicio, lo demandado es algo que afecta a todas las personas que han sido, son o serán responsables de oficinas o como a Liberbank le gusta denominar; "directivos".


La normativa (Estatuto de los Trabajadores, Convenio Colectivo, etc.) establece que todas las oficinas deben ser clasificadas siguiendo determinados criterios, que los representantes sindicales debemos ser informados para que podamos comprobar que todo se realiza correctamente y también establece que las personas responsables de cada centro consolidarán una determinada categoría por el trascurso del tiempo en el desempeño de esa función.

Por supuesto, todo esto a nuestra querida entidad le resulta muy molesto por lo que prefiere obviarlo.
A Liberbank le gusta mucho más poder quitar y poner salarios a las personas según sus propios designios y perpetuar en lo posible la amenaza de "a que te quito". 

Por ello, ya desde el principio de su existencia, Liberbank ha preferido no darnos ningún tipo de información o darnos aquella con la que sabe no vamos a poder sacar nada en claro puesto que, una vez carecemos de información tiene las manos libres para hacer (o ni hacer como en 2012 y 2013) una clasificación de oficinas a su gusto y de esta forma intentar no consolidar a nadie jamás.



Por supuesto Liberbank ha sido fiel a su estilo y ha hecho lo que ha podido por evitar lo inevitable, dilatando y empantanando cuanto ha podido todo  el proceso.

Primero negando cometer falta alguna, luego admitiendo algún defectillo pero sin solucionar nada e incluso justo antes de celebrarse la vista y como ya viene siendo habitual, intentando los abogados de la empresa que conciliáramos un documento en el que no daban absolutamente nada e incluso pretendían reconociéramos que todo lo realizado por la entidad era lo correcto.

Cómo lógicamente no estábamos de acuerdo, tuvo lugar el juicio (que ya parecía ser culpa nuestra por no querer conciliar) y en él se produjeron algunas anécdotas dignas de mención.

Por ejemplo, respecto a la información que Liberbank nos facilita, el responsable del departamento de interpretaciones perversas de esta entidad manifestó sin ningún tipo de rubor que con lo que nos entregaban como información era imposible que sacáramos ninguna conclusión y básicamente que los datos facilitados no valían para nada. Le faltó reconocer que por eso lo hacían.

Igual de pintoresco y socorrido (especialmente teniendo en cuenta que su departamento se encarga de eso) fue su "desconocimiento" a si en Liberbank se había efectuado alguna consolidación de categoría por este motivo. Cuestión esta que aclaró más tarde el propio abogado de la empresa al reconocer no haber hecho ninguna pero asegurar (palabra de Liberbank) que las harían en un futuro.


Desde siempre, a CCOO, nos ha llamado poderosamente la atención que Liberbank también maltrate al colectivo de "directivos/as" porque a fin de cuentas se supone que es o debiera ser su columna vertebral, pero,... esto es Liberbank.

Al menos, en esta pretendida agresión, a Liberbank no le ha salido bien la jugada porque la Audiencia Nacional nos ha dado la razón a todo lo que pedíamos en la demanda y, por ello, se obliga a Liberbank a (textualmente):

*  Establecer un sistema de clasificación de oficinas conforme al Convenio Colectivo

* Facilitar información suficiente a los representantes de los trabajadores que permita el conocimiento del sistema de clasificación de oficinas, así como la comprobación de la clasificación que realiza la empresa

*  Realizar la consolidación de las categorías que correspondan a los afectados

*  Abonar las diferencias salariales que pudieran corresponderles


Ahora y en un futuro, esta sentencia va a beneficiar a muchas personas y, por ello, en CCOO estamos muy satisfechos por el resultado conseguido y también, por lo que nos ha costado conseguirlo, porque a Liberbank no le va a quedar más remedio que empezar a cumplir, al menos en esto, las normas de verdad.


Saludos.