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ERE CAJAMAR

ACUERDO ERE CAJAMAR 2015


El viernes a las 16:16 CCOO dimos nuestro visto bueno a la redacción del texto del acuerdo que alcanzamos el día 14 a las 23:40 horas.

CCOO valoramos lo conseguido como un buen acuerdo de movilidad geográfica voluntaria en un contexto de desequilibrio de plantilla en el dimensionamiento territorial, que permite encontrar un atractivo adecuado en la desvinculación de la Entidad a aquellas personas que quieran optar por la extinción de la relación laboral.

Cajamar planteó 252 extinciones y 43 movilidades geográficas, y finalmente hemos acordado gestionar un colectivo de 200 personas, que se resuelve con las siguientes medidas:

  • Bajas indemnizadas voluntarias hasta un máximo de 150 personas (cupo del 10% para provincias calificadas como deficitarias y 15% si son limítrofes a las excedentarias).
  • Suspensiones de contrato compensadas hasta un máximo de 20 personas (cupo del 15% para provincias deficitarias y cupo del 15% para el personal de 50 años o más).
  • Movilidad geográfica voluntaria con una oferta mínima de 50 plazas vacantes.

Las bajas voluntarias se ofrecen en un esquema de colectivos por edad a 31/12/2015:

  • Colectivo 1. 55 años o más y menos de 60. Mínimo de 10 personas y máximo de 30.
  • Colectivo 2. Personal con 50 años o más y menos de 55. Mínimo de 25 personas y máximo de 45, en ambos casos considerando las solicitudes atendidas en el colectivo 1.
  • Colectivo 3. Personas con 49 años o menos. Hasta completar 150 personas una vez atendidos los colectivos 1 y 2.
CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para el colectivo de 55 a 59 años tengan un atractivo de coberturas que las asemeja a las prejubilaciones: indemnización de hasta 150.000 euros (tope de 42 mensualidades, 6 más que la que pretendía la empresa), una prima adicional desde 5.000 euros hasta 20.000 euros (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación), CESS a cargo de la empresa hasta los 63 años (la empresa llegaba sólo a compensar el 50% de su coste a partir de los 61 años) y desempleo a cargo de la empresa.

CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para los de 50 a 54 años tengan el atractivo necesario para aquellas personas que quieran desvincularse de la Entidad y su situación económica les permita cierto margen de maniobra, al poder acceder a una indemnización de hasta 120.000 euros (tope de 30 mensualidades, 6 más que la que pretendía la empresa), a una prima adicional desde 5.000 euros hasta 14.000 euros (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación) y al desempleo a cargo de la empresa.

CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para el resto de la plantilla (49 años o menos) sea atractiva para todas aquellas personas que quieran desvincularse de la Entidad y probar suerte en otra actividad profesional, pudiendo acceder a una indemnización de hasta 90.000 euros, a una prima adicional desde 5.000 euros hasta 12.500 euros (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación) y al desempleo.

Las bajas voluntarias se complementan con una oferta de suspensiones de contrato muy interesante, por un plazo de 4 años con reincorporación automática, una compensación del 20% de la retribución fija anual y desempleo.

Complementan también el acuerdo reducciones de jornada al 50% durante 4 años, así como excedencias especiales durante 4 años con reincorporación automática.

CCOO hemos conseguido que el acuerdo sea especialmente bueno en la movilidad geográfica voluntaria, donde hemos buscado unas condiciones que motiven a dar el paso a los compañeros/as tanto en lo económico, como en lo profesional y personal:

  • 4 años con derecho de reincorporación automática a su vencimiento.
  • 4 días laborables por el traslado (también al retorno) y compensación de hasta 1.000 euros de los gastos de mudanza, previa justificación.
  • Complemento mensual por movilidad geográfica de 750 euros brutos durante los 4 años.
  • Plan de acogida, atención y seguimiento al personal desplazado por parte de RRHH.
  • Tutelaje de RRHH y responsable directo para promover el desarrollo profesional.
  • Consolidación al final de los 4 años del 10% del complemento mensual, que podrá ser del 20% según desempeño. No absorbible salvo por otro complemento funcional.
  • Promoción de un nivel más en la clasificación profesional al término de los 4 años de movilidad geográfica. Esta subida será directa y se hará además con reconocimiento al empleado en este nuevo nivel de la antigüedad que tenía en el nivel anterior, a los efectos de la siguiente promoción profesional (en el actual XX Convenio Colectivo esto supone adelantar 6 años el calendario de promoción establecido hasta el nivel 7). Por lo tanto será independiente de la que corresponda al empleado por convenio colectivo o acuerdos laborales. La subida de nivel estará topada en el nivel 2.
El periodo de medidas voluntarias finaliza el 31/12/2015, estableciéndose dos plazos:
  • Hasta el 20 de noviembre de 2015 para admisión de solicitudes de bajas indemnizadas, suspensiones de contrato, reducciones de jornada y excedencias especiales.
  • Hasta el 31 de diciembre de 2015 para movilidad geográfica voluntaria.
Al término de este periodo se valorará el resultado del mismo, y en caso de no haberse cubierto el cupo de 200 personas, se iniciará en enero de 2016 un proceso de movilidad geográfica forzosa por la diferencia entre ese cupo y las medidas voluntarias aplicadas, con un plazo de ejecución máxima hasta el 30 de junio de 2016.

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