El presente Convenio colectivo establece las normas básicas de trabajo de las empresas que venían rigiéndose por el Convenio colectivo de Grandes Almacenes.
Los efectos económicos de las tablas salariales entran en vigor el primero de enero de 2021, salvo disposición expresa contenida en el propio Convenio.
La denuncia del Convenio colectivo, o de la parte que se pretenda revisar al término de su vigencia parcial, se efectuará de conformidad con el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores, debiendo notificarse la misma con un plazo mínimo de quince días antes de la finalización de su vigencia.
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE GRANDES ALMACENES 2021-2022