Mañana es el último día para responder la encuesta
Posible acuerdo
10-01-2014 CCOO hemos centrado todo nuestro esfuerzo y propuestas en delimitar y limitar al máximo posible el número de afectados por el ERE, haciéndolo compatible con el mayor número de prejubilaciones. Como conclusión de los debates, propuestas y contrapropuestas de estos dos días, se ha alcanzado las bases de un posible acuerdo, pendiente sólo de ajustar finalmente el número de afectados.
Insistimos en reclamar un punto de inflexión en materia laboral.
Hemos tenido conocimiento de que desde una Dirección de Zona se ha convocado a todo el personal en funciones comerciales a una reunión fuera del horario de trabajo, esta misma tarde, a fin de abordar el arranque del ejercicio.
Nueva mejora del Convenio Interno
Nuestra acción sindical no finaliza cuando firmamos un acuerdo, es una constante en nuestro día a día e intentamos mejorar o mantener siempre nuestras condiciones laborales. A veces conseguimos nuestro objetivo, otras no, pero siempre lo intentamos.
Calendari Laboral 2014 - El banc s'equivoca
LOS FRUTOS DE CUATRO MESES DE NEGOCIACIONES (y 4)
- Consolidamos ad personam las vacaciones que podamos tener sobre Convenio.
- Las vacaciones no disfrutadas en 2013 pueden pasarse al 2014.
- Conseguimos que BMN se haga cargo de las prestaciones que no abona el SEPE.
Revisión Salarial en el XXII Convenio Colectivo de Banca +1,50% en 2014
Nuestro Convenio se firmó en la lógica del momento, de contención salarial y defensa del empleo. Por un lado se refleja en el Protocolo de Empleo (Disposición adicional primera), que ha permitido negociaciones previas y acuerdos en las reestructuraciones de nuestro sector. Por otro, en la congelación salarial para 2011 y 2012 o la revisión del 1,25% (IPC del 0,2%) para 2013 (Capítulo Tercero, arts. 12 y siguientes).
Revisión Salarial en el XXII Convenio Colectivo de Banca +1,50% en 2014
Nuestro Convenio se firmó en la lógica del momento, de contención salarial y defensa del empleo. Por un lado se refleja en el Protocolo de Empleo (Disposición adicional primera), que ha permitido negociaciones previas y acuerdos en las reestructuraciones de nuestro sector. Por otro, en la congelación salarial para 2011 y 2012 o la revisión del 1,25% (IPC del 0,2%) para 2013 (Capítulo Tercero, arts. 12 y siguientes).








