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Acuerdo en la Audiencia Nacional: Seguridad jurídica y fin de la polivalencia para labores comerciales en julio del 2026

RESULTADO DE LA COMPARECENCIA ANTE LA SALA DE LO SOCIAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL

En primer lugar, lamentamos profundamente el tono y el contenido de los comunicado de CSIF y UGT, que lejos de aportar claridad a la plantilla, contribuye a generar confusión y a desviar el foco del verdadero problema: una medida impuesta unilateralmente por la empresa que vulnera derechos laborales y el Estatuto de los Trabajadores (art 41.2)

Como suponemos todos conocéis,
que el pasado 18 de marzo comparecimos ante la Audiencia Nacional por la demanda de conflicto colectivo interpuesta por CCOO contra la modificación sustancial de funciones que afectó a 51 trabajadores en Madrid y Córdoba. Recordamos que esta medida, impuesta unilateralmente por el RACE, obliga a realizar tareas comerciales a operadores y operadoras que no eligieron esa forma de desempeño y desarrollo profesional.

Desde la asamblea de trabajadores de diciembre lo tuvimos claro: la medida era ilegal y con un claro sesgo de edad y antigüedad para tratar de incentivar bajas voluntarias. Mientras las otras formaciones sindicales en Madrid se ponían de perfil, CCOO fue el único sindicato que se opuso radicalmente, poniendo el caso en manos de nuestros servicios jurídicos y llegando hasta la Audiencia Nacional. No sabemos si el pacto posterior de UGT y CSIF fue fruto de la presión de nuestra denuncia, pero sí sabemos que nosotros no hemos sido cómplices de este atropello. Más bien el contrario, hemos sido en todo momento consecuentes con las demandas de una inmensa mayoría de la plantilla que voto a favor de los paros y de no dejarse atropellar.


CCOO ha sido, por tanto y desde el inicio, el único que se ha opuesto frontalmente a esta medida, denunciándola por considerarla ilegal, desproporcionada y lesiva para los afectados. Nuestra actuación ha sido coherente, firme y siempre orientada a la defensa de la plantilla.


En relación con el acuerdo alcanzado en el acto previo al juicio, queremos aclarar:

  1. La decisión adoptada responde exclusivamente a criterios jurídicos y de responsabilidad hacia los trabajadores afectados.
     
  2. El acuerdo garantiza la finalización de la medida en julio de 2026 con plena seguridad jurídica, evitando dilaciones que podrían haberse extendido en el tiempo. En este peculiar caso, si hubiéramos seguido adelante, el RACE habría recurrido, lo que hubiera dilatado la solución definitiva posiblemente hasta verano de 2027. No podíamos permitir que los trabajadores, por motivo de la lentitud de la justicia, pudieran seguir sufriendo esta situación un año más de forma innecesaria solo por ver como la justicia nos daba la razón.
     
  3. A diferencia de otros acuerdos sin respaldo judicial, este tiene carácter vinculante y no puede ser modificado unilateralmente por la empresa. El acuerdo en sede judicial alcanzado por CCOO no solo garantiza el cumplimiento estricto, sino que lo limita en el tiempo, cosa que el supuesto acuerdo alcanzado por las otras formaciones sindicales ni siquiera exigía, dejando a criterio de la empresa la ampliación en el tiempo de la polivalencia funcional alegando “necesidades del servicio” en cualquier momento. En definitiva, lo conseguido en sede judicial por CCOO ofrece plenas garantías, en lugar de palabras vacías a las que algunos, empresa incluida, nos tienen ya acostumbrados.

CCOO no ha abandonado ninguna lucha. Muy al contrario, hemos conseguido transformar un conflicto largo e incierto en una solución concreta, con fecha de finalización y garantías legales.

Resulta especialmente llamativo que quienes no impulsaron la denuncia ni asumieron el desgaste jurídico ahora pretendan cuestionar una solución que acorta los plazos y da seguridad jurídica sobre una situación injusta para decenas de compañeros. Resulta incluso chocante ver el "ardor guerrero" de otros sindicatos contra CCOO por denunciar una ilegalidad. Ojalá hubieran mostrado ese mismo ardor y entusiasmo para defender frente a la empresa a los 9 compañeros despedidos injustamente, recordemos que este también fue uno de los motivos de la huelga del pasado 9 de marzo, así que lecciones, las justas.

A CSIF-Madrid, que dice no entender nuestra forma de ver las relaciones laborales, les preguntamos: ¿A qué relaciones laborales se refieren?, ¿a permitir que las sillas se rompan y causen accidentes?, ¿a la limpieza en la central?, ¿a la imposición y abuso para realizar funciones comerciales tras años de antigüedad en la empresa sin al menos una negociación?, y en definitiva ¿a decir "amén" a todo mientras la empresa abusa de manera sistemática? Resulta muy fácil "ver los toros desde la barrera" cuando tus delegados no están afectados por alguna de las medidas denunciadas

Las relaciones laborales en RACE están rotas porque no existe el diálogo, solo existe imposición y abuso. Mientras la dirección no cambie de actitud, a CCOO nos tendrán siempre enfrente, y el que no lo quiera ver o está ciego, o responde al dictado de la empresa.
Rechazamos, por tanto, cualquier intento de deslegitimar nuestra actuación o de enfrentar a los trabajadores entre sí. La unidad de la plantilla es clave para hacer frente a las imposiciones empresariales.

El mensaje que lanzamos a RACE con nuestra denuncia es claro: CCOO no va a comulgar con ruedas de molino, ni vamos a permitir que la empresa "haga de su capa un sayo". Cada injusticia e ilegalidad será denunciada, con todo el gasto de tiempo y recursos judiciales que sean necesarios y la situación requiera.

Seguiremos denunciando cualquier abuso, defendiendo los derechos laborales y trabajando con responsabilidad, coherencia y transparencia.

Sección sindical de CC.OO. en RACE
race.ccoo@gmail.com

COMUNICADO 23 NEGOCIACION CONVENIO SECTOR

Tras 12 meses de negociación y movilización: CCOO ALCANZA PREACUERDO DE CONVENIO CON UNESPA.

PROTOCOLOS Y NORMATIVA DE ATMIRA (II):

PROTOCOLO DE ACOSO LABORAL

Afortunadamente, y esperamos que siga así, no se suele hacer uso del protocolo de Acoso Laboral, pero se debe tener en cuenta, para impedir que no se haga uso del mismo por el desconocimiento de su existencia.

 

La empresa debería difundirlo más, para que toda la plantilla de atmira lo conociera, ya que saber de su existencia nos protege por si fuera necesario su uso, por ello os informamos de su funcionamiento.

 

Se trata del primer protocolo que el Comité de Empresa de Madrid firmó con atmira, allá por noviembre de 2016, y sigue vigente, además es obligatorio tenerlo y la plantilla de atmira debe conocerlo.

AHORA MÁS QUE NUNCA AL TRABAJO SIN ARMARIOS

Defender la diversidad, la libertad y el ejercicio de derechos en igualdad de condiciones por todas las personas, con independencia de su identidad, orientación sexual y expresión de género, es fundamental para nuestro modelo social y de convivencia. Y es fundamental para el sindicalismo de clase de CCOO. Porque siempre son las trabajadoras y los trabajadores, la clase trabajadora amplia y diversa, la que ha hecho progresar a este país, la que más padece los retrocesos.

NI LO HEMOS PERMITIDO, NI LO VAMOS A PERMITIR

RACE VERSUS SALUD LABORAL

    Los pasados 28 de abril y 1 de mayo se celebraron, respectivamente, el Día Mundial de la Salud y Seguridad en el Trabajo y el Día Internacional de los Trabajadores. Motivo por el que, con este comunicado, pretendemos denunciar importantes deficiencias en la materia que venimos padeciendo en RACE de manera reiterada, contumaz e irresponsable, y que se hacen aún más evidentes con la llegada de la temporada alta y la acumulación de trabajadores en las plataformas.

    En primer lugar, queremos resaltar un hecho, un hecho grave en opinión de nuestros responsables técnicos de CCOO, ocurrido el día del «apagón eléctrico» en las instalaciones del CRC de Córdoba. Una situación que ya se ha puesto en conocimiento de los responsables de RRHH (en ausencia de Técnico PLR de RACE en la materia), obteniendo una respuesta, desde nuestro punto de vista, nada satisfactoria.

    Durante el «apagón eléctrico», en la plataforma de Córdoba, entró a funcionar el grupo electrógeno de emergencia durante varias horas y, debido a una temperatura superior a la habitual, el sistema se desconectó en varias ocasiones. Para que pudiera seguir funcionando, se decidió mantener abierta la puerta que separa la estancia del grupo electrógeno con el pasillo y la sala donde se desarrolla la actividad de los empleados. En poco tiempo, se hizo evidente que la evacuación de gases no estaba funcionando de manera adecuada y tanto el pasillo como la sala se fueron llenando progresivamente de gases de combustión, llegando a resultar irrespirable el aire en cualquier punto de la estancia. En este intervalo de tiempo, los trabajadores mantuvieron la responsabilidad en la prestación del servicio, pero advertimos a la Empresa de que el Delegado de Prevención tiene potestad para ordenar el cierre de las instalaciones si las mismas no resultan seguras para la salud de trabajadores y trabajadoras.

    La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece en su articulado el derecho a la protección frente a los riesgos laborales, y el deber por parte del empresario en el control y vigilancia estricta de los posibles riesgos asociados. De producirse nuevamente esta situación, instaremos a los trabajadores a abandonar las instalaciones y poner en conocimiento de la autoridad competente los riesgos observados. Desde CCOO vamos a ser totalmente inflexibles si lo que está en juego es la salud, seguridad e integridad de las personas y bajo ningún concepto debe volver a repetirse una situación de este tipo.

    Por otro lado, no queremos dejar de señalar y denunciar otras múltiples carencias detectadas en la materia, que se hacen más evidentes con la llegada, como hemos dicho, del calor y la temporada estival:

• La sobrecarga de trabajo y las tareas dobles.

El nivel de presión y burnout de trabajadores/as por los planes de acción, que nuestros responsables «venden» como mejoras en el desarrollo de las tareas, cuando inequívocamente se trata de documentación anticipada de cara a despidos procedentes por acumulación. Además de que no responden realmente a las habilidades de operadores y operadoras, sino a cuotas mensuales establecidas de manera obligatoria por la Dirección de Operaciones de Asistencia.

• Actitudes de coacción, intimidación o extralimitación de algunos mandos intermedios en su afán por agradar y ser bien vistos desde puestos superiores.

Falta de limpieza, desinfección y saneamiento de las instalaciones, especialmente los baños, y achacable únicamente a la falta de interés en destinar dinero al personal de limpieza.

• El deficiente funcionamiento del sistema de aire acondicionado y la inexplicable ausencia de un criterio común a todas las personas, independientemente de su género o su densidad de masa corporal.

Ausencia de teletrabajo y por ende el hacinamiento de trabajadores y el consiguiente incremento de contaminación sonora, factores que elevan innecesariamente el estrés térmico y acústico.

La deficiente formación a personal eventual, con la sobrecarga que ello supone para personal de plantilla, que debe encargarse de suplir las carencias de aquellos sin dejar de realizar sus propias tareas. Y todo esto con la entrada de una llamada tras otra cada 20 segundos en un nuevo tiempo reducido, una vez más, de tratamiento posterior totalmente insuficiente para dejar las anotaciones mínimas a fin de que el caso sea medianamente entendible por los compañeros. Esto sólo se puede interpretar como una notable falta de experiencia, conocimientos y responsabilidad de las personas que ahora mismo están tomando decisiones operativas y de procedimiento en la compañía.

Las inexplicables «afonías» telefónicas en las que dejamos de escuchar la voz de los usuarios, produciendo en algunos sensación de desconcierto o cortando la llamada, teniendo que volver a pasar por el sistema de balanceo que les transfiere de un grupo a otro con el fin de «disfrazar» las estadísticas que presentamos a nuestros colectivos, que nunca llegan a saber el tiempo de espera real de sus clientes para poder solicitar una asistencia (muchos, por cierto, en arcenes de la carretera y en situación de claro riesgo para su seguridad y la del proveedor que acude al servicio).

Sillas que continúan en un lamentable estado de mantenimiento. Sillas que, por cierto, obligada por la Inspección, la empresa ha renovado pero de una manera parcial y decantándose por un material de calidad y comodidad manifiestamente mejorables, y donde no se nos ha pedido opinión ni consejo alguno sobre el modelo a adquirir, su idoneidad o tamaño.

Sistema de cableado bajo las mesas y colocación de las CPU de los obsoletos ordenadores en una chapa cortante y con tornillos que consideramos NO segura y donde igualmente se puede (como ya ha pasado) volver a caer en los pies de los empleados.

    En definitiva, la empresa con sus acciones y omisiones ha creado un ambiente laboral propicio para la desidia, el desapego, la desafección y un elevadísimo porcentaje de absentismo laboral.

      Paralelamente a esta falta de presupuesto en las materias citadas, vemos como en otras partidas (coches de alta gama para cargos directivos, viajes, gastos de representación, contratación de servicios externos, instalaciones del complejo y circuito, etc.) cuentan con un presupuesto que parece no tener límite ni fondo, lo que nos induce a pensar que alguien considera RACE como su cortijo particular en el que puede hacer y deshacer, gastar o malgastar, a su antojo de manera discrecional y caprichosa.

     Recordamos también a la dirección de RRHH, a quienes se lo vamos a solicitar de manera formal cuando tengamos constancia de quién ocupa el cargo en materia de PRL, de la prescripción legal y obligatoria de realizar periódicamente la evaluación de riesgos psicosociales (realizada mediante encuesta hace ya más de 3 años y que tocaría ahora renovar y vigilar para que se implementen medidas correctoras, que no se pusieron ya entonces pese a los malos resultados que arrojó dicho estudio)

     Otra de las prescripciones para la Representación de Trabajadores es el control sobre la calidad de procesos y servicios que prestamos a nuestros usuarios. En este sentido estamos muy preocupados, ahora que empieza el verano, por las horas que pueden pasar muchos de ellos, a veces acompañados por menores o personas vulnerables, tirados en las carreteras y esperando por grúas, taxis o medios que se pueden demorar varias horas o incluso nunca llegar. En este sentido, emplazamos a la plantilla a que nos comuniquen dichas incidencias y especialmente en aquellas situaciones donde RACE, en un intento desmesurado de ahorro de costes, intenta que no se envíe un taxi junto con el servicio de grúa cuando, además del contrato, la situación y el sentido común así lo aconsejan.

      Para finalizar, indicar que desde CCOO consideramos que la ausencia de populismo no reside en colgarse medallas por una insuficiente subida salarial, es todo lo contrario, y más aún cuando venimos sufriendo una importante pérdida de poder adquisitivo durante los últimos diez años. Ausencia de populismo también es poner en el centro a los trabajadores y preocuparse seriamente por su bienestar y seguridad laboral, su salud física y mental y el cumplimiento estricto de la legislación vigente en dicha materia, en colaboración constante con los representantes legales de los y las trabajadoras.

      Contacto:  race.ccoo@gmail.com     
    Web:  www.ccoo-servicios.es/raceasistencia/


 

sentenza FROIZ antisindical
Segunda sentenza contra Froiz por prácticas antisindicais

A Xustiza volve condenar a Froiz Supermercados por sancionar sen motivo unha delegada de CCOO en Lugo

A cadea Froiz Supermercados foi condenada por segunda vez por sancionar sen xustificación a unha delegada sindical de Comisións Obreiras (CCOO). Esta nova resolución xudicial chega tras unha primeira sentenza do Xulgado do Social n.º 1 de Lugo, emitida en setembro, que xa recoñecera a vulneración de dereitos sindicais contra a presidenta do comité de empresa en Lugo, tamén delegada de CCOO.
 

Anulación da sanción e indemnización

A recente sentenza obriga á empresa a anular a sanción de catorce días sen emprego e soldo imposta á traballadora, reintegrarlle os salarios non percibidos durante ese tempo e indemnizala polos danos morais causados. A xustiza considera acreditado que houbo unha clara vulneración dos dereitos sindicais, tipificada como infracción grave.
 

Froiz actuou en represalia polas funcións sindicais

Segundo a sentenza, quedou probado que a sanción foi unha represalia polas tarefas sindicais desenvolvidas pola delegada no marco do conflito vinculado á negociación do convenio provincial de alimentación. A resolución tamén destaca que esta conduta de Froiz afecta a máis representantes sindicais, o que implica unha afectación colectiva e non só individual.
 

CCOO reclama o fin das prácticas antisindicais

Desde a Federación de Servizos de CCOO de Galicia, esperamos que esta segunda sentenza leve á empresa a corrixir estas actuacións. Reclamamos que Froiz respecte o dereito á representación sindical e cesen os castigos ao persoal que exerce a defensa dos seus dereitos laborais.

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