Obligada por la inspección, la empresa tendrá que hacer un cuestionario a los trabajadores sobre sus condiciones psicosociales en el trabajo

EVALUACIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL RACE

Estimados compañeros y compañeras:

El pasado 21 de mayo finalmente cerramos con la dirección de recursos humanos y el técnico en prevención de riesgos los últimos aspectos relacionados con la realización de la encuesta de riesgos psicosociales que se va a realizar a la plantilla mediante cuestionario tipo test.

Recordar que la realización de este cuestionario viene motivado por una denuncia previa de CC.OO. interpuesta con fecha 20 de agosto del 2025 ante la inspección de trabajo, y con número de registro E/28-029980/25, y una posterior intervención del inspector obligando a RACE a la realización de esta medida derivada de los artículos 14.2,15.1 y 16 de la Ley 31/985 de Prevención de riesgos laborales.


A continuación, os detallamos los puntos clave del proceso:

1. ¿Qué es y qué mide esta encuesta?

- Como ya anunciamos en el comunicado anterior, una encuesta de riesgos psicosociales es una herramienta de evaluación laboral diseñada para identificar, medir, y analizar las condiciones de trabajo en una empresa que pueden perjudicar la salud mental, física, y el bienestar de los trabajadores. El cuestionario que pasará la empresa entre los y las trabajadoras es un instrumento totalmente anónimo, científico y estandarizado, realizado a través de empresas externas para tratar de medir la exposición a factores de estrés crónico, ansiedad, desgaste profesional y otros aspectos relacionados con salud laboral.

- La realización de
la encuesta se lleva a cabo principalmente a través de un test o cuestionario anónimo y confidencial. Es anónima porque no se piden nombres para garantizar respuestas sinceras, y es confidencial ya que los resultados se analizan de forma agrupada utilizando, como hemos dicho, modelos estandarizados y validados por empresas independientes.

2. Plazos y envío del enlace:

- Se realizará previsiblemente, salvo algún retraso por causas técnicas u organizativas, entre el 27 de mayo y el 19 de junio de 2026.
- Recibiréis previamente en vuestro mail corporativo un correo informativo global por parte de la empresa informando de todo el proceso, y días después, un enlace único donde se habilitará el cuestionario tipo test para poder responder.
- Los representantes de los trabajadores velaremos por el buen desarrollo de todo el proceso y la transparencia, anonimato e imparcialidad en el mismo.


3. Instrucciones para responder:

- Tiempo estimado: Tardaréis entre 20 y 30 minutos en completarlo.
- Sin interrupciones: El test debe hacerse del tirón. Si lo dejáis a medias, se invalidará y el enlace no servirá. Se deben contestar todas las preguntas planteadas.
- En el caso del personal de Asistencia: Debéis consultar previamente con vuestro coordinador el día y la hora para rellenarlo ya que no podemos realizarlo todos en el mismo momento. Durante ese tiempo, vuestro estado en el BCM se fijará como "Reunión".
- IMPORTANTE: Cada enlace es único y exclusivo. No se pueden compartir ni reenviar entre compañeros y una vez, como hemos dicho, se ha empezado a responder se debe finalizar, por ello es muy importante acordar previamente con vuestro responsable el día y la hora en la que cada uno de vosotros y vosotras lo va a realizar para que no quede invalidado.

4. Personal en Incapacidad Temporal (Baja Médica)

-El personal que se encuentre en situación de baja médica está plenamente invitado a participar en este proceso.
-Cómo proceder estando de baja: Contacta con nosotros (representantes de los trabajadores) y te indicaremos cómo actuar. La empresa te habilitará el correo electrónico corporativo y el enlace con el cuestionario un día concreto para que puedas realizarlo desde casa.


5. La importancia de tu participación:

Os animamos a todos y todas a participar masivamente. Una alta participación garantizará resultados más fiables y contundentes. Si resultado de vuestras respuestas en el test se detectan deficiencias o carencias, la ley (art.16.2 b. de la Ley de Prevención de riesgos laborales) obliga a la empresa a pactar medidas correctoras para mejorar nuestro bienestar laboral.

Seguiremos informando.

race.ccoo@gmail.com

 


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