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¡LA DIRECCIÓN GENERAL PIERDE EL NORTE!

¡QUIEREN APROPIARSE DE LA ANTIGÜEDAD POR LA FUERZA!


MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO (art. 41 ET)

La reforma laboral permite al empresario, tras un periodo de quince días de negociación, que las imponga sin necesidad de acuerdo, y el trabajador que resultase perjudicado puede extinguir su contrato de trabajo con veinte días de salario por año con un máximo de nueve mensualidades

MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO (art. 41 ET)

La reforma laboral permite al empresario, tras un periodo de quince días de negociación, que las imponga sin necesidad de acuerdo, y el trabajador que resultase perjudicado puede extinguir su contrato de trabajo con veinte días de salario por año con un máximo de nueve mensualidades.

No vimos al lobo tras la piel de cordero. Las patronales del sector financiero quisieron eliminar la antigüedad pensando que la separación de las plantillas del sector en banca, ahorro y rurales, les permitiría asestar por separado tres precisos golpes mortales, pero se lo impedimos. CCOO establecimos con claridad que la Antigüedad es una LÍNEA ROJA y nos hicimos fuertes en los tres convenios, con nuestra mejor arma: en CCOO, si nos tocan a uno nos tocan a todos. ASEMECC se mostró en la mesa del convenio siempre razonable y dispuesta al diálogo, pero sorpresivamente ahora pretende asestar en el Grupo Cooperativo Cajamar un preciso golpe mortal a la antigüedad.

El pasado 18 de octubre, RRHH nos comunicó la intención del Banco de iniciar el procedimiento para las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo previsto en el artículo 41 del RDL 1/1995 el Estatuto de los Trabajadores, con objeto de negociar e implantar el nuevo sistema retributivo de la red de oficinas del Grupo.

CCOO hemos venido demandando en reiteradas ocasiones la negociación de un nuevo sistema retributivo, un verdadero sistema con unos principios muy claros: (i) universalidad, (ii) transparencia, (iii) igualdad de oportunidades, (iv) cohesión salarial, (v) consolidación salarial, y (vi) integridad y sencillez de la estructura salarial.

La empresa ha convocado esporádicamente y espaciadamente en el tiempo reuniones del sistema retributivo que no nos han permitido negociar nada, puesto que nada ha propuesto la empresa a la mesa de negociación, más allá de simples manifestaciones genéricas sobre su intención de evolucionar hacia un sistema de tablas salariales que podrían tener como efecto práctico en la red comercial la eliminación del complemento de tipo de oficina.

El pasado viernes 21 tuvimos reunión de mesa, y desde CCOO hemos exigido el cumplimiento de la Disposición adicional cuarta. Empleo del XXI Convenio Colectivo de Cooperativas de Crédito para proceder a la apertura de un proceso previo de negociación antes de acudir al procedimiento del art. 41 ET. CCOO hemos informado que no reconocemos la validez de la comunicación del art. 41 del ET pues la norma en la que se basa está derogada (el RDL 1/1995). No obstante, y por una mera cuestión de salvaguarda jurídica de nuestros intereses participaremos en el proceso del Art. 41 del ET cumpliendo todos los preceptos legales, comunicando los miembros que compondrán la mesa, constituyéndola y negociando de buena fe en el proceso de quince días, lo que no es óbice para que exijamos el cumplimiento de la legalidad y defendamos los intereses de los trabajadores/as impugnando todos aquellos aspectos del proceso que no la cumplan, y así lo haremos.

Además, junto con lo anterior, CCOO hemos pedido que conste en acta lo siguiente:

  • Lamentamos la decisión de la Dirección General de abordar la negociación del sistema retributivo por el procedimiento del artículo 41 del ET, que es un proceso traumático, que exige que ha de quedar probada la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción y que nos da un plazo de negociación de quince días, claramente insuficiente para negociar debidamente un sistema retributivo y alcanzar un acuerdo.
  • Lamentamos la falta de reciprocidad de la Dirección con la representación sindical, pues siempre hemos mostrado una actitud responsable en todas las mesas de negociación, y en aquellas que inexorablemente tenían que dirimirse a través de los procedimientos traumáticos de despidos colectivos y movilidad geográfica la parte sindical hemos favorecido la conclusión con acuerdos que han satisfecho a las partes.
  • Lamentamos la falta de deferencia de la Dirección General de RRHH del Banco al no acudir personalmente a explicar a la representación sindical el porqué se toma una decisión tan traumática como es acudir al art. 41 del ET para negociar un sistema retributivo, y más aún cuando para la negociación de algo tan nimio como la implantación de un sistema de control horario sí considero necesaria su presencia para la apertura de la negociación e incluso emitir un comunicado decimonónico a la plantilla.
  • Solicitamos a la Dirección General el replanteamiento de la situación y que abandone la vía del procedimiento de "Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo" del art. 41 del ET, negociando el sistema retributivo con absoluta normalidad en la empresa.

Y por todo lo argumentado anteriormente no se puede presumir la buena fe de la Dirección General, puesto que no se observa la más mínima intención de negociar, y sí claramente su voluntad de imponer por la fuerza la implantación de su sistema.

A continuación Recursos Humanos nos explicó, en líneas demasiado gruesas para su comprensión y opinión, sin aportar ni un solo documento, el sistema retributivo que intentan imponer, del que dicen, entre otras cosas, que se aplicará para todos los puestos de la red y que los salarios se conformarán sobre tablas en los que la antigüedad formará parte de la misma favoreciendo con ello, dice RRHH, la reducción de la brecha salarial de género.

O sea, en román paladino, que como no han podido eliminar la antigüedad en el convenio colectivo sectorial lo quieren hacer en la empresa por la fuerza, y además tomándonos por idiotas manipulando vilmente el concepto de igualdad salarial entre hombres y mujeres. Y más aún, todo hace presumir que "se quieren comer también" el complemento de tipo de oficina sin eliminarlo, simplemente con su inclusión en la tabla salarial.


¡NEGOCIACIÓN DE UN SISTEMA RETRIBUTIVO!
#elige_ccoo