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Tenemos acuerdo en el Convenio de Seguros y Mutuas: Habrá reducción de la jornada máxima anual


manos acuerdo convenio

El 8 de octubre se ha vuelto a reunir el Grupo de Trabajo del Convenio Colectivo de Seguros y Mutuas y se ha alcanzado un acuerdo sobre la totalidad de las materias que integran el Convenio Colectivo Sectorial


Este artículo se publicó originalmente en la página principal de CCOO-SERVICIOS (Federacion de Servicios Sindicato CCOO) , Seguros (Sector de Seguros (Cias y MATEPSS, Mediación y Servicios de Prevención)) ,

Además de las materias que ya quedaron fijadas en el preacuerdo parcial firmado el pasado 30 de julio (vigencia, jubilación obligatoria, teletrabajo, condiciones salariales, subcontratación, desconexión y derechos digitales, registro de jornada, compensación por comida, brecha salarial), las patronales UNESPA, AMAT, ASECORE y CEM y los sindicatos CCOO-Servicios y FeSMC-UGT hemos alcanzado un acuerdo sobre las restantes materias, por lo que podemos decir que ya tenemos sentada la base sobre la totalidad del Convenio de Seguros y Mutuas a falta sólo de los redactados definitivos.

Los temas nucleares alcanzados en esta segunda fase de la negociación son:

Formación:

  • Principios generales: declaración de que el acceso a la formación debe hacerse en igualdad de oportunidades. Se establecen ámbitos de dialogo en diferentes niveles

  • Permanece la Comisión Paritaria Sectorial de Formación

  • La información a RLPT sobre planes de formación, se entiende que es contenido mínimo ampliable a nivel de empresa.

Tiempo de trabajo:

  • -Gracias a la firmeza y lucha de CCOO-Servicios, se consigue que a partir del 1 de enero de 2024 (último año de vigencia del Convenio) el cómputo máximo de jornada anual será de 1692 horas efectivas de trabajo. Así mismo, a partir del 1 de enero de 2024. se incrementará un día más de vacaciones pasando a ser 26 días laborables.
    Este incremento de vacaciones no afectará a las empresas que a 1 de enero de 2024 ya tengan establecido un número de días (de vacaciones o libranza) superior.
  • - El permiso por matrimonio empezará a computar a partir del primer día laborable.
  • - El tiempo de comida en jornada partida podrá ser inferior a 1 hora, pero no superior a 2 horas, sin perjuicio de la compensación establecida en el actual artículo 41.
  • - Se establecerá un permiso de 1 día por nacimiento de nieto/a extensible a situaciones de adopción y acogimiento.

Previsión Social complementaria:

  • - El texto del Convenio contemplará la edad ordinaria de jubilación para personas con discapacidad para el acceso al cobro del “premio de jubilación” o del seguro de aportación definida.
  • - Se incrementará el capital del seguro de vida que pasará a ser de 27.000 euros con garantía de doble capital en los casos de fallecimiento por accidente.
  • - Se realizará una adaptación legislativa en el seguro de aportación definida cuya cuantía consolidará a los 3 años

Política de empleo e Igualdad:

  • Ayuda económica de 1.000 euros para víctimas de violencia de género, asistencia jurídica y psicológica y ampliación de anticipo de hasta 5 mensualidades de nómina. 

  • Se establecerá un permiso retribuido para asistencia a órganos administrativos o judiciales para víctimas de violencia de género
  • Ampliación a 12 meses la reserva de puesto de trabajo para víctimas de violencia de género.
  • Las embarazadas podrán solicitar teletrabajo a partir de la semana 24.
  • Reducción de un 25% de la jornada con derecho a remuneración para embarazadas a partir de la semana 30 y para personas en tratamiento oncológico.
  •  Consideración como permiso retribuido de 10 horas por ausencias de hombres y mujeres para asistir a los cursos o técnicas de preparación para el parto, a partir del sexto mes de gestación.
  • Se eliminará la Disposición Adicional Séptima y se incorporará como nuevo artículo sobre protocolo contra el acoso en el cuerpo del Convenio
  • Se dotará de perspectiva de género a la prevención de riesgos, en concreto a la vigilancia de la salud.

Retribuciones:

  • - Se acuerda un salario mínimo sectorial de 14.000 euros a partir de la firma del Convenio.
    También se procederá a la actualización de los importes de las dietas y los gastos de locomoción.

MUTUAS - El Convenio: Mucho más que salario.

En CCOO, en lo que respecta a las Mutuas, ni nos ponemos de perfil, ni escurrimos el bulto como hacen otras representaciones sindicales (UGT-FeSP, ELA, LAB y CIG), sino que suscribimos este acuerdo con la seguridad de que todas las materias acordadas son de aplicación a su personal con la excepción de las retribuciones que, por imperativo legal quedan sometidas a lo que prevean las futuras leyes de presupuestos. Una realidad que no sería distinta en otros marcos convencionales.

No entendemos tampoco la actitud de los representantes patronales de las Mutuas que, por inconsciencia o incompetencia no han estado a la altura y han dejado pasar la oportunidad de asumir alguna de las propuestas específicas para este Sector, poniendo de nuevo en evidencia la prevalencia del individualismo y el egoísmo que reina entre estas entidades, que sólo parecen dispuestas a evolucionar o movilizarse cuando algo afecta a su patrimonio.

En este escenario, continuar planteando salir del “paraguas” del Convenio de Seguros, resulta una actitud más irresponsable que nunca.


El compromiso es poder tener el texto final para proceder a su firma en este mismo mes de octubre y enviarlo para su registro y publicación en el BOE.

Desde CCOO hacemos una valoración muy positiva de este acuerdo, porque no debemos olvidar que la negociación se ha desarrollado en un periodo muy complicado debido a la crisis provocada por la pandemia de la Covid-19. El acuerdo en su globalidad nos parece equilibrado y sigue la senda de mejora de las condiciones de trabajo de todas las personas que integran el Sector de Seguros y Mutuas poniendo de relieve la importancia de mantener históricamente un diálogo fluido entre las partes negociadoras. 


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