¿Debo firmar el finiquito cuando me lo entregan?


No necesariamente. Es necesario comprobar que sean correctos tanto los conceptos (salario, vacaciones, pagas extra…) como las cuantías. Si falta algo, indícalo para que lo incluyan. Si la empresa no lo hace, indica al final los conceptos que no hayan incluido. En caso de que la empresa no deje poner todo lo anterior, no se debe firmar, y no te pueden obligar a ello.


¿Me pueden despedir siendo indefinido/a?

Generalmente, a un trabajador indefinido le pueden despedir de dos formas: mediante un despido por causas objetivas o con un despido disciplinario.


¿Qué diferencia hay entre un contrato temporal y uno indefinido?

La principal diferencia entre un contrato temporal y un contrato indefinido se encuentra básicamente en lo respectivo a su finalización: a la hora de ser despedidos y recibir nuestra indemnización.


Me pagan menos de lo que marca el convenio

Si te pagan menos de lo que marca el convenio puedes interponer una demanda de derechos y cantidad en la que reclames según lo establecido en el convenio colectivo.


¿Bajo qué circunstancias puedo pedir un ascenso de categoría?

El Estatuto de los Trabajadores (ET) indica que puedes pedir un ascenso de categoría cuando realices funciones superiores a las de tu grupo profesional durante un periodo de seis meses durante un año, u ocho meses durante dos.


Salgo más tarde de lo que marca mi horario y no me pagan esas horas. ¿Es legal?

 Las horas extras han de ser siempre compensadas con días libres o ser abonadas.


¿Puede compensar mi empresa con dinero las vacaciones?


Tu empresa no puede compensarte con dinero las vacaciones, a no ser que se trate de un fin de contrato y en el finiquito te paguen las vacaciones no disfrutadas.


¿Tengo derecho a vacaciones sin ser fija en la empresa?

Seas o no personal fijo en la empresa, te corresponden los mismos derechos y obligaciones, a excepción de los relacionados con la extinción del contrato.


¿Cuántos contratos temporales puedo encadenar en una misma empresa?


Puedes encadenar contratos temporales en un mismo puesto de trabajo, o distintos, dentro de una misma empresa o grupo de empresas, un máximo de 18 meses dentro de un plazo de 24. Si excedes en ese tiempo más de dos contratos, has de pasar a ser personal fijo de la empresa.