Régimen Financiero. Estos partÃcipes pueden contar con una regulación especial en lo que se refiere a quién efectúa las aportaciones y sus lÃmites, la configuración de las contingencias que pueden cubrir y de los supuestos excepcionales bajo los cuales pueden hacer lÃquidos sus derechos consolidados, y por último, a la forma de sus prestaciones.
Aportaciones. Deben poderse efectuar a favor del partÃcipe minusválido por parte de las personas que tengan con él una relación de parentesco en lÃnea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, asà como el cónyuge o aquellos que les tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento.
Régimen Fiscal. Para las aportaciones realizadas a planes de
pensiones por y a favor de personas con minusvalÃa podrán ser
objeto de reducción en la base imponible con los siguientes lÃmites
máximos y conjunto:
a) 8.000 € anuales para las aportaciones a favor de personas con minusvalÃa
con las que exista una relación de parentesco o tutorÃa (sin perjuicio
de las que puedan realizar estos parientes a sus propios planes de pensiones)
b) 24.250 € anuales para las aportaciones realizadas por los propios partÃcipes
minusválidos.
Para 2005. CC.OO. hemos pedido tratar, con carácter urgente, esta cuestión en la Comisión de Control, para que se autoricen este tipo de aportaciones especiales y pudieran beneficiarse en este mismo año fiscal 2005 los partÃcipes con minusvalÃa y sus familiares.
CCOO asumimos la tarea, aún siendo para un colectivo pequeño de trabajadores, de hacer un seguimiento continuo y plantear todas aquellas mejoras posibles. Recogiendo previsiones legales o mediante acuerdos con la Empresa y su posterior inclusión en las Especificaciones.
Seguimos trabajando, seguimos informando.
Diciembre 2005







