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ERE CAJAMAR

BAJAS INDEMNIZADAS: 55 A 59 AÑOS (Comunicado 2 de 6)


El total de bajas indemnizadas voluntarias está fijado en un máximo de 150 personas en toda la Entidad, con carácter preferente para aquellas provincias calificadas como excedentarias, y reservando un cupo del 10% para provincias calificadas como deficitarias y del 15% si son limítrofes a las excedentarias.

El periodo de solicitud para acogerse a esta medida voluntaria finaliza e 20 de noviembre de 2015.

En este Colectivo 1 (55 años o más y menos de 60 a 31/12/2015) se atenderán hasta el 20% del total de solicitudes de bajas admitidas, estableciendo en el conjunto de la Entidad un máximo 30 personas, y reservando en todo caso un mínimo de 10.

Las provincias calificadas como excedentarias cuentan con 82 personas en este colectivo.






Siendo la plantilla total en la Entidad de 196 personas en el mismo.



Caracterizándose por una elevada antigüedad, con 97 personas que tienen 30 años o más y 61 que tienen 20 o más y menos de 30.



CCOO hemos conseguido que las condiciones de bajas voluntarias para el colectivo de 55 a 59 años tengan un atractivo de coberturas que las asemeja a las prejubilaciones.


COLECTIVO 1 (mínimo 10 personas y máximo 30)   
 Colectivo afectado  
Personal con 55 a 59 años a 31/12/2015 (No entran prejubilados actuales o comprometidos con acuerdo de prejubilación anterior).
Hasta un 20% del total, máximo 30 personas y un mínimo garantizado de 10.
Preferentemente provincias excedentarias, estableciendo un máximo del 10% para provincias deficitarias y un 5% adicional a éste si son limítrofes a las excedentarias.

 Indemnización  
45 o 33 días por año trabajado, según corresponda, con el límite de 42 mensualidades, más una prima de 500 euros por año de antigüedad, con un importe máximo de 150.000.
Adicionalmente a lo anterior, se sumará una prima única en función de la antigüedad de acuerdo con la siguiente tabla:

 Antigüedad <10 años10 a 19  20 a 29  30 o más 
 Importe  5.000 euros  10.000 euros  15.000 euros  20.000 euros 

 Convenio Especial de la Seguridad Social (CESS)
Hasta el cumplimiento de 63 años, a cargo de la empresa.
Desde los 61 años hasta los 63 años la empresa compensa el 100% del CESS previa justificación de la cotización por el trabajador.
Base reguladora fijada por ley.

 Desempleo
2 años, a cargo de la empresa.
  

 Plan de pensiones

Mantenimiento hasta los 63 años de compromisos de riesgos.
Reconocimiento de la provisión matemática constituida del Premio a la Dedicación.

Condiciones financieras y laborales del colectivo

Conversión de anticipos sin interés en préstamos sociales de otras inversiones.
Mantenimiento hasta los 63 años: 
(i) condiciones sociales de financiación en operaciones vivas en la fecha de extinción laboral, 
(ii) cuentas de empleados, y (iii) comisiones y gastos repercutibles.

Cuestiones comunes a las bajas indemnizadas

Se requiere 4 años o más de antigüedad y 3 años o más de trabajo efectivo en los últimos 4 años (la incapacidad temporal cuenta como tiempo de trabajo efectivo)
Pago de la indemnización en capital único.
Indemnización mínima de 25.000 euros.
De haber más solicitudes de las previstas para cada colectivo se establece la antigüedad como orden de prelación



CCOO hemos trabajado con rigor, tesón y perseverancia para conseguir las mejores condiciones posibles para este colectivo, que no olvidemos es el que se quedó en puertas de las prejubilaciones del ERE de 2012.

CCOO hemos aspirado a lo máximo y ello ha dado sus frutos. Nuestro campo de trabajo se situaba en buscar unos ingresos máximos de 220.000 euros "al bolsillo" de cada afectado/a, obteniendo tal cantidad como suma entre la indemnización y la prestación de desempleo. Al final no hemos conseguido llegar a esa cantidad, pero hemos logrado ir muchísimo más allá de lo que la empresa estaba dispuesta a cerrar el acuerdo.

Este logro no ha sido tarea fácil, pues había que vencer dos dificultades importantes, que lo eran más aún por la avenencia de los compañeros de la bancada sindical con la propuesta de la empresa: el tope de 36 mensualidades y el máximo de 150.000 euros, y CCOO vencimos esa dificultad.

CCOO visualizó las consecuencias negativas del tope de 36 mensualidades, de tal manera que penalizaba a una gran cantidad de compañeros que no llegaban al máximo de 150.000 euros, pues les cortaba su recorrido hasta él. Os mostramos una tabla donde podéis ver una estimación de una indemnización de 45 días por año trabajado para salarios comprendidos entre 33.500 euros y 50.250 euros, para una antigüedad de 24 a 28 años que es donde está el recorrido de 36 a 42 mensualidades. En los salarios más altos, esta anomalía la resolvía la prima de 500 euros año, pero aún quedaban muchos compañeros penalizados.



CCOO no podíamos permitir quedarnos en un máximo de 150.000 euros que aplicara a la suma de la indemnización y la prima por cada año de antigüedad, así que tuvimos que ser ingeniosos y trabajar una propuesta de primas únicas adicionales que tuviera más sensibilidad con el tiempo de dedicación a la Entidad de los compañeros/as afectados, y así nos pusimos manos a la obra haciendo una propuesta ambiciosa que entregamos en la mesa de negociación, si bien ya entonces dimos por perdida una de nuestras pretensiones: el Convenio Especial con la Seguridad Social (CESS) a cargo de la empresa hasta los 64 años, rebajándola hasta los 63; y fue así porque nuestros compañeros de bancada sindical andaban perdidos con el ardid de distracción de la empresa respecto a que compensarían solo el 50% del coste del CESS y su objetivo era conseguir sólo hasta los 63 años.

Seguíamos teniendo serias dificultades, por lo que CCOO armamos una propuesta económica que venciera las resistencias y así la entregamos en mesa el día 14 de octubre, último día, alegando que en modo alguno podía existir negativa a la misma por parte de la empresa fundamentada en razones de presupuesto, pues encajaba perfectamente en el mismo.

El coste de la propuesta contemplaba ya un escenario de máximo coste en términos de que todas las salidas alcanzaban la indemnización máxima, con un esquema de indemnización por despido improcedente (45 días por año o 33, según corresponda, con tope de 42 mensualidades) más prima de 500 euros por año de antigüedad, con un límite de 150.000 euros a la suma de ambas cantidades, y metiendo ya como importe adicional a ese límite primas desde 5.000 hasta 20.000 euros en función de la antigüedad que encajaban perfectamente en el coste, valorando además el CESS hasta los 63 años, las prestaciones de desempleo durante 24 meses y las aportaciones al plan de pensiones hasta los 63 años por un importe de 300 a 1.200 euros por año de antigüedad.



El cupo por colectivos se fijó definitivamente en hasta 30 bajas en el Colectivo 1, hasta 15 personas más en el Colectivo 2 (con carácter acumulativo) y el resto (105) en el Colectivo 3, lo que facilitaba más la aceptación de nuestra propuesta.

No obstante, la empresa jugó a situar las claves del acuerdo en dos líneas rojas para CCOO: la apertura de oficinas por la tarde y la movilidad geográfica forzosa con los criterios de exclusión ya definidos.

A las 24:00 horas del día 14 terminaba el plazo legal del periodo de consultas, ya sea con resultado de acuerdo o sin acuerdo. CCOO aguantamos el tipo y estuvimos trabajando intensamente todo ese día, con su tarde y noche incluidas, contando con la colaboración de nuestra Federación, que nos prestó una gran ayuda para intentar desbloquear las exigencias de la Entidad, primero eliminando la propuesta de apertura de oficinas por la tarde y luego resolviendo finalmente la situación más allá de las diez de la noche con una clausula de movilidad geográfica forzosa que nos permitía visualizar una adecuada gestión de la voluntariedad de las medidas en este proceso. A esas horas de la noche CCOO aguantaba ?en soledad presencial? la presión del desacuerdo con RRHH, por lo que una vez superadas las citadas barreras entramos de lleno en las cuestiones económicas con la propuesta entregada en la mesa en mano. Tuvimos que dejar algo en el camino, que para este colectivo fue renunciar a nuestro esquema de aportaciones al plan de pensiones, con el que pretendíamos financiar entre 300 y 1.200 euros por año hasta la edad de 63 años de cada afectado/a de este colectivo. Así a las 23:40, CCOO "planteaba en solitario" el acuerdo a la empresa en clave de aceptación de su esquema de indemnizaciones con renuncia a las aportaciones al plan de pensiones... y CCOO logramos el acuerdo.

CCOO logramos el acuerdo, y ponemos en valor el tope de 42 mensualidades, 6 más que el 
que pretendía la empresa (para evitar confusiones aclaramos que en el comunicado publicado ayer de UGT había un error por causa del copiar y pegar, y donde dicen 3 anualidades es 42 mensualidades), y ponemos en valor la prima única adicional desde 5.000 euros hasta 20.000 euros (venciendo la negativa de la empresa a su incorporación) que fija la indemnización en un máximo de 170.000 euros, además del CESS a cargo de la empresa hasta los 63 años (si bien nos queda una espinita por no haber llegado a los 64 años) y la prestación de desempleo a cargo de la empresa.

CCOO logramos el acuerdo, y ponemos en valor todo lo conseguido para el resto de medidas voluntarias, que os iremos contando de forma diferenciada uno por uno en los próximos días.

Estamos preparando un simulador para poder atenderos con el rigor que merecéis y facilitaros a todos los que estéis interesados una simulación económica de una posible baja indemnizada. Mientras tanto lo tenemos, y para que podáis tener alguna referencia, os hemos representado en la página anterior un esquema de indemnización de 45 días por año trabajo sobre 10.000 euros al año (597 euros mes) y sobre 1.000 euros al mes (16.750 euros año).

Para que veáis su uso utilizaremos un ejemplo:

Supongamos que tenemos un salario de 40.000 euros al año y nuestra antigüedad es de 26 años.

Paso 1. Nos situamos en la columna donde está representado el salario de 10.000 euros al año (la 2ª columna), y buscamos el valor que corresponde a la antigüedad de 26 años.

Paso 2. Vemos que su valor se corresponde con 32.500 euros.

Paso 3. Como nuestro salario contiene 4 veces los 10.000 euros (40.000 euros), multiplicamos esta cantidad por 4 y obtenemos la indemnización de 130.000 euros.

Paso 4. A esta cantidad le tenemos que sumar las primas por año, que son 500 euros por 26 años, lo que da un importe de 13.000 euros, y por consiguiente tenemos un subtotal con lo anterior de 143.000 euros.

Paso 5. A esta cantidad hay que sumarle la prima única adicional, que es de 15.000 euros, por lo que tenemos un importe total de 158.000 euros.

Resultado: 158.000 ?.

Además de esta cantidad, el afectado/a percibirá su prestación de desempleo durante veinticuatro meses y las cotizaciones por el CESS hasta los 63 años.

Si en vez de trabajar con salario año trabajamos con salario mes, tenemos que calcular la mensualidad, que no es la nómina, y hacer los mismo anterior pero con la columna tercera.

#cuidamosdelaspersonas
#elige_ccoo