Según el Convenio Colectivo de Banca se considera traslado aquel movimiento de personal que supere los 25 km. Hemos contrastado datos y vemos que se han hecho más de 200 movimientos en Galicia y muchos de ellos superan esos 25 km.
Nos hemos puesto en contacto con nuestra asesoría jurídica para que elaborara un informe cuya principal conclusión es la siguiente: ?Habida cuenta que afecta a más de 30 trabajadores, en una empresa que ocupa a más de 300, puede tener asimismo la condición de ?traslado colectivo?, con las consecuencias previstas en el art. 40.2.c) del ET. Es decir, han de ir precedidos de un período de consultas con la representación de los trabajadores, y cabe asimismo formular frente a dichas decisiones, a falta de acuerdo, no solo acciones individuales, sino también de carácter colectivo como es la de conflicto colectivo. Dado los ámbitos territoriales y personales del eventual conflicto, el órgano adecuado para conocer de su resolución habría de ser la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, estando legitimado este sindicato para su interposición por representatividad e implantación.? A continuación hemos enviado dicho informe jurídico a la empresa solicitando en cumplimiento a la ley la apertura de un período de consulta con la RLT sobre los traslados que se están llevando a cabo.
Como sindicato mayoritario en Banco Sabadell no vamos a permitir que se nos trate como corderitos llevándonos a su antojo de una oficina a otra a más de 25 km de distancia.
No vamos a permitir que a las personas recién contratadas, aprovechando su indefensión y miedo, se les obligue a firmar una carta con el siguiente texto: ?Ante la información recibida, mediante la presente, solicito el puesto de ....... en la oficina de ....... ya que considero que esta vacante es adecuada tanto por mi perfil como a mi trayectoria profesional.? ¿Qué información recibida? ¿Qué vacantes? ¿Dónde se han publicado? ¿Por qué van a solicitar ellos el traslado? ¿No será porque al solicitarlo ellos no les van a aplicar la tabla de compensaciones por traslado?
No vamos a permitir que a las personas recién trasladadas por el ERE en lugar de intentar acercarlas a su casa, todavía se les traslade más lejos de su hogar.
Pero para todo eso, además de nuestro trabajo necesitamos vuestra cooperación. No te quedes callado, no te dejes manipular como un corderito al que la empresa dirige a su antojo para obtener más y más beneficios. Ha costado mucho tener un Convenio Colectivo y un Estatuto de los Trabajadores para que las empresas no los respeten y se los salten cuando les salga en gana.
Si no estás de acuerdo con tu traslado dirígete a un delegado o delegada de CCOO.