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Finalmente, después de la sentencia del Tribunal Supremo de 2008 y de más de un año de reuniones con la empresa, Banco Sabadell reconoce el atraco como riesgo laboral. En Octubre de 2008 informábamos de que el Tribunal Supremo había
confirmado la sentencia por la cual obligaba a las Entidades de Ahorro
a la consideración del atraco como riesgo laboral, con las consecuencias
que ello acarreaba por la obligación de evaluar este riesgo, posterior
seguimiento médico de las personas afectadas, formación
e inclusión en el Plan de Prevención de las empresas. Una vez conocida la sentencia, solicitamos a nuestra empresa que se
acogiese a la misma y reconociese este riesgo. Lamentablemente y en primera
instancia, Banco Sabadell alegó que dicha sentencia solo vinculaba
a las Cajas de Ahorro.
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comfia-CCOO presentamos una propuesta a la empresa con la intención
de alcanzar acuerdos en el modelo de evaluación, plazos y técnicos
que permitieran reconocer el riesgo, partiendo del hecho de que las reticencias
fundamentalmente eran de coste económico, puesto que aun sin reconocer
este riesgo como laboral, en realidad los empleados afectados eran atendidos
por la mutua que extendía el correspondiente parte de accidente. Contando con la buena voluntad de todas las partes, en la reunión
del CESS (Comité Estatal de Seguridad y Salud) del pasado mes de
febrero fue aprobado el modelo de evaluación, incorporando el correspondiente
Protocolo en el Plan de Prevención del Grupo. Nos congratulamos de que tras años de anhelos y esfuerzos por
parte de comfia-CCOO, finalmente en este tema se haya impuesto el sentido
común entre los dirigentes de Banco Sabadell sobre un riesgo de
accidente que, potencialmente, es el que más graves consecuencias
puede tener. Mayo de 2010
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