El Acuerdo de Fusión entre Banesto y Santander garantiza mejores condiciones

Cierres de oficinas


  

En próximas fechas se va a proceder al cierre de determinadas oficinas, traspasando a otras el negocio y adecuando la ubicación de la plantilla.

El Acuerdo de Fusión firmado por Comfia-CCOO garantiza derechos y condiciones que regulan este proceso para evitar medidas traumáticas, acomodando de la mejor manera posible las nuevas circunstancias laborales a cada persona afectada. 


El Banco ha iniciado lo que en el Acuerdo de Fusión firmado el pasado 15 de marzo se denomina “Medidas para favorecer la optimización y racionalización de sucursales”. Para ello, en próximas fechas va a proceder al cierre de determinadas oficinas, traspasando a otras el negocio y adecuando la ubicación de la plantilla.

En una primera fase, como prueba piloto, se ha desarrollado el proceso de cierres en Asturias, Aragón, La Rioja, Euskadi y Navarra. Previsiblemente en los próximos meses se producirá el grueso del cierre de oficinas. Por ello, desde Comfia-CCOO nos hemos dirigido a la Empresa para solicitar el detalle de las sucursales afectadas, con el objetivo de poder minimizar el trastorno que un proceso de estas características comporta.

El Acuerdo de Fusión firmado por Comfia-CCOO garantiza derechos y condiciones que regulan este proceso para evitar medidas traumáticas, acomodando de la mejor manera posible las nuevas circunstancias laborales a cada persona afectada.

Debemos resaltar queel Acuerdo de Fusión es la mejor garantía para abordar la complejidad de un proceso de integración como el que nos ocupa y, sin duda, es la mejor herramienta para la defensa del empleo.

El citado Acuerdo de Fusión da plena validez y eficacia al Acuerdo de Cierres de Oficinas de Banesto de 22-4-2009, con una actualización al alza de las cantidades compensatorias acordada posteriormente en la Comisión de Seguimiento. Según el mismo, para la reubicación del personal procedente de oficinas cerradas por la fusión:

-    Se tendrá en cuenta la proximidad geográfica al domicilio o a la localidad en la que preste sus servicios.

-    Se establecen las siguientes compensaciones económicas en función de la distancia:

·        De 0 a 25 km. 0,19 €/km, por cada día efectivo de trabajo en el centro acoplado, durante un máximo de 3 años.

·        De 26 a 50 km. 0,19 €/km, por cada día efectivo de trabajo en el centro acoplado, durante un máximo de 4 años y una compensación de 2.200 por una sola vez.

·        De 51 a 75 km. 0,19 €/km, por cada día efectivo de trabajo en el centro acoplado, durante un máximo de 5 años y una compensación de 3.000 por una sola vez.

-    Se requiere aceptación del trabajador para traslados superiores a 75 km.

Los delegados y delegadas de Comfia-CCOO estamos a vuestra disposición para aclararos cualquier duda que os pueda surgir. 


13 de septiembre de 2013