Hemos estado estos dÃas pasados en contacto con RR.HH. en la persona del Responsable de RR.LL. con la intención de sentarnos a negociar el procedimiento, tanto en su contenido como en lo funcional, comentándole que lo único que entendÃamos requerÃa de celeridad era dar instrucciones sobre las vacaciones pendientes por las fechas en las que nos encontrábamos, pero de nuevo, no salimos de una entramos en otra, con la torpeza de siempre y faltando al compromiso de espera para su adecuado estudio y acuerdo, se han saltado a la torera la palabra dada y como elefante en cacharrerÃa, han vuelto a no respetar sus compromisos y a vulnerar lo más elemental del respeto.
Queremos dejar bien claro el contenido literal del acuerdo que se firmó con fecha 27-02-2006 entre el Banco y los Representantes de los Trabajadores y que está vigente en estos momentos:
“La firma del XX Convenio Colectivo, se efectuó el pasado 11 de Mayo de 2005, y como consecuencia se produjeron una serie de modificaciones en el articulado anterior del mismo, que entre otras cosas, afectaban al cómputo de los dÃas de vacaciones, pasándolos de dÃas naturales a dÃas laborales.
Como consecuencia de ello, y dado que en Barclays Bank, S.A. el cómputo de los mismos estaba efectuado en dÃas naturales y que por consenso y en función de las necesidades del servicio se podÃan dividir en varios perÃodos, resultaba condición más beneficiosa al poder disponer de 23 dÃas laborales mÃnimos.
Por todo ello, y también como consecuencia de la unificación de horarios de trabajo llevada a cabo anteriormente, se acuerda mantener el cómputo de vacaciones en 30 dÃas naturales, tal y conforme se venÃa efectuando hasta ahora en Barclays, con un mÃnimo de 23 laborales o 24 si se toman partidos, pudiéndose efectuar en esta modalidad (partir) de común acuerdo, hasta un máximo de 4 plazos. Por lo tanto el cómputo se realizará contando los dÃas transcurridos desde la fecha de inicio hasta el último dÃa laborable, como finalización del perÃodo.
El plazo de disfrute de vacaciones estará comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre”.
Ejemplo con el acuerdo actual de BB: (con el calendario del 2009 en la mano).
| PerÃodo | Fecha * | DÃas Naturales | DÃas Laborables |
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1º |
6-17 Julio |
12 |
10 |
|
2º |
20-31 Julio |
12 |
10 |
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3º |
3-7 Agosto |
5 |
5 |
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4ª |
17 de Agosto |
1 |
1 |
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Totales |
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30 |
26 |
* En el cómputo de dÃas de Fecha Solicitada los dÃas son inclusive.
Por tanto, os pedimos que tengáis en cuenta la información que ponemos a vuestra disposición para no veros afectados negativamente en vuestros derechos, y en caso de que asà sea, os pongáis inmediatamente en contacto con vuestro Delegado Sindical más próximo.
Por nuestra parte, vamos a pedir explicaciones a la Directora de RR.HH. y elevar queja de nuevo a la Dirección del Banco, considerando la vÃa judicial como la única posible en este entorno de RR.LL.
Quedamos a vuestra disposición para clarificar cualquier duda.
SECCIONES SINDICALES ESTATALES DE CC.OO. Y UGT.







