La mayorÃa de los desplazamientos que tenemos que hacer los trabajadores de Telenium sólo duran unos dÃas y se realizan dentro del territorio nacional. Estudiando ese ArtÃculo 40 del Estatuto de los Trabajadores (ET) y el ArtÃculo 30 del Convenio Colectivo TIC se puede listar algunas lÃneas de actuación para el caso de que la empresa te ofrezca un desplazamiento temporal:
- La empresa te deberá informar del desplazamiento con una antelación suficiente a la fecha de su efectividad. El Estatuto de los Trabajadores sólo indica explÃcitamente un valor mÃnimo de 5 dÃas cuando el desplazamiento sea de más de tres meses.
- Los importes de las dietas mÃnimas para los desplazamientos son de 52,06 €/dÃa. Si el desplazamiento no te obliga a pernoctar fuera de la residencia habitual, la cuantÃa de la dieta será de 26,03 €/dÃa. Esta cantidad deberá aparecer en tu nómina bajo un epÃgrafe especÃfico para dietas, y se dispensa sólo para gastos de alimentación (desayuno, comida y cena). El hotel y el viaje corren por cuenta de la empresa
- Si el desplazamiento lo realizas con tu propio vehÃculo, la empresa te abonará 0,17 €/Km.
- Para otros gastos de desplazamiento imprescindibles para realizar el trabajo, como pueden ser taxis, debes solicitar el justificante correspondiente para ser remitido con posterioridad a la empresa.
- Cualquier otro tipo de gasto que surja para el desempeño de trabajo debes consultarlo con la empresa antes de realizarlo, ya que el mismo podrÃa no ser asumido por ésta.
- Según diversas sentencias, la empresa nunca podrá exigirte a anticipar el dinero del hotel y del viaje.
- En caso de que tu responsable, por no llegar la compañÃa a darte el importe mÃnimo para dietas, te ofrezca la posibilidad de decirle al cliente que NO viajas, pÃdelo por escrito antes de hacerlo.







