AsÃ, esta guÃa técnica ha recogido nuestras propuestas sobre:
- Convalidar la formación recibida en la obtención de titulaciones universitarias de grado y postgrado que versen sobre estas materias.
- Convalidar la formación interna ya recibida e impartida por las entidades.
- Que se module la formación y que solamente sea necesario realizar formación complementaria que complete el temario establecido por las Directrices.
- Que las propias entidades puedan ser formadoras y acreditadoras sin necesidad de recurrir a formadoras externas y/o certificadoras externas.
- Que se les requiera a las entidades que pongan a disposición del personal relevante el tiempo y los medios necesarios para adquirir los conocimientos y competencias.
No obstante, no podemos darnos totalmente por satisfechos ya que la CNMV da potestad plena a las entidades para que, bajo su criterio y responsabilidad, opten por el modelo formativo que más les convenga, pudiendo éstas seguir apostando por modelos formativos externos que impartan una formación completa del temario e incluso, exigir la certificación a través de entidades certificadoras externas y diferentes a la entidad formadora.
Por otra parte, la CNMV no ha tenido en cuenta que se valore la experiencia de nuestros años como bancarias y bancarios desempeñando funciones comerciales, a efectos de convalidar determinados aspectos del temario, ni ha entrado a hacer valoraciones laborales en lo que se refiere a compensaciones por las horas de autoestudio que requiere esta formación.
Por nuestra parte, CCOO vamos a requerir a las entidades que recojan el testigo de la flexibilidad que les abre la GuÃa Técnica y recapaciten sobre su polÃtica formativa en torno a MIFID 2 y por ello les instamos a que:
- Se paralice la formación en aquellas entidades donde se habÃa optado por el modelo estricto de formación Ãntegra externa con examen de certificación a través de EFPA o CFA o similar.
- Se analice el modelo formativo integral y se sustituya por el modelo formativo modular.
- Se dé participación a la RLT en la Comisión MIFID 2 (o en su caso, órgano de administración), ya que se trata de una comisión de formación.
- Se reconozca que esta formación tiene carácter obligatorio para el personal relevante y, por tanto, tal y como establece el Considerando 79 de la Directiva MIFID 2 y dispone la propia GuÃa Técnica, las entidades den el tiempo y los medios necesarios para su realización.
Finalmente, CCOO podemos decir que, gracias a nuestro trabajo y esfuerzo tanto en las reuniones mantenidas con las patronales del sector donde hemos tratado este asunto, como en nuestras gestiones y reuniones con la CNMV y el Ministerio de EconomÃa, empezamos a ver resultados positivos que relajan el despropósito en que se estaba convirtiendo este asunto para las bancarias y bancarios.
Ahora la pelota está en el tejado de las entidades y son ellas las que puedan optar por el modelo flexible o por el modelo rÃgido. CCOO optamos por el modelo flexible y que la formación se circunscriba a la adquisición de los conocimientos necesarios sin exigencias más allá de lo establecido por la guÃa. Pero si las entidades optan por el modelo más rÃgido, CCOO seguiremos luchando para que se reconozca el esfuerzo, la dedicación y el sobresfuerzo que supone y se negocien y establezcan los correspondientes sistemas de compensaciones.







