RESOLUCIÓN DE LA CONSULTA
La Comisión Mixta interpreta que, en caso de disfrutar del permiso del art. 54.1.b) del convenio colectivo por horas, por no haber desplazamiento, en los casos de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y dado que puede disfrutarse mientras tenga lugar el hecho que lo origina, se realizará un cálculo de la jornada ordinaria media de la semana en la que tiene lugar el hecho causante, excluyendo vacaciones, festivos y no laborables, todo ello sin perjuicio de los acuerdos que pudieran alcanzarse al respecto a nivel de empresa.
