LA OBLIGACIÓN DE FORMAR PARTE DE LAS MESAS ELECTORALES, DA DERECHO A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS A DISFRUTAR DE UNA REDUCCIÓN DE JORNADA DE 5 HORAS EL 26 DE MAYO
CCOO quiere recordar a los trabajadores y trabajadoras que actúen en alguna de las Mesas Electorales el próximo 25 de mayo, que por ser dÃa festivo, y siguiendo lo dispuesto en el Reglamento Electoral, tienen el derecho a disfrutar (en el caso de trabajadores y trabajadoras de BMN) de una reducción de jornada de 5 horas al dÃa siguiente, es decir, el 26 de mayo.
El fundamento jurÃdico es el siguiente: Régimen Electoral General, Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio:
"ArtÃculo 28.1: Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados Presidentes o Vocales de las Mesas Electorales tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el dÃa de la votación, si es laboral. En todo caso, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el dÃa inmediatamente posterior”.
"ArtÃculo 78.4: Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que acrediten su condición de interventores tienen derecho durante el dÃa de la votación y el dÃa inmediatamente posterior, a los permisos que el artÃculo 28 de esta Ley establece para los miembros de las Mesas Electorales”.
Este derecho ampara tanto a los designados miembros de las mesas electorales, como a aquéllos que actúen como interventores de cualquiera de las candidaturas. Para que BMN pueda facilitar su ejercicio es necesario que todos los compañeros y todas las compañeras que tengan la obligación de participar en una mesa, se lo comuniquen fehacientemente a RRHH y asà puedan ejercitar su derecho a reducir la jornada.
El fundamento jurÃdico es el siguiente: Régimen Electoral General, Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio:
"ArtÃculo 28.1: Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados Presidentes o Vocales de las Mesas Electorales tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el dÃa de la votación, si es laboral. En todo caso, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el dÃa inmediatamente posterior”.
"ArtÃculo 78.4: Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que acrediten su condición de interventores tienen derecho durante el dÃa de la votación y el dÃa inmediatamente posterior, a los permisos que el artÃculo 28 de esta Ley establece para los miembros de las Mesas Electorales”.
Este derecho ampara tanto a los designados miembros de las mesas electorales, como a aquéllos que actúen como interventores de cualquiera de las candidaturas. Para que BMN pueda facilitar su ejercicio es necesario que todos los compañeros y todas las compañeras que tengan la obligación de participar en una mesa, se lo comuniquen fehacientemente a RRHH y asà puedan ejercitar su derecho a reducir la jornada.








