En una Sentencia del pasado 21 de septiembre el Tribunal Supremo, establece que los y las trabajadoras no están obligadas a facilitar su número de móvil personal y su correo electrónico a la empresa.
Este fallo viene, gracias a un Conflicto Colectivo que interpuso nuestra compañera Pilar Caballero, miembro del gabinete jurÃdico Estatal de Servicios de CCOO, contra una clausula tipo que incluÃa la empresa Unisono en los contratos de sus plantillas.







